Promulgan ley que elimina el límite de edad para ejercer la docencia universitaria

0
187

La norma, refrendada por el presidente Pedro Castillo, y el primer ministro, Aníbal Torres, dispone incorporar, sin ninguna restricción y con todos sus derechos a los docentes afectados a la entrada en vigencia de la Ley Universitaria.

El Gobierno promulgó este jueves la ley que tiene por objeto eliminar el límite de edad máxima para el ejercicio de la docencia universitaria, según norma publicada hoy en el diario oficial El Peruano.

La Ley Nº 31542, aprobada previamente por el Congreso de la República, modifica el artículo 84 de la Ley 30220, Ley Universitaria, con la finalidad de optimizar el principio de igualdad, de protección especial y garantizar el derecho al trabajo de los docentes.

Dicha modificación precisa que no hay límite de edad para el ingreso ni cese en el ejercicio de la docencia universitaria.

La norma, refrendada por el presidente Pedro Castillo, y el primer ministro, Aníbal Torres, dispone incorporar, sin ninguna restricción y con todos sus derechos en los alcances de la presente ley, a los docentes afectados a la entrada en vigencia de la Ley 30220, Ley Universitaria.

Asimismo, se dispone designar al Consejo Universitario para que evalúe la continuidad del docente condicionada a la verificación del estado de salud física y mental a cargo de una junta médica.

Aprobada en el Congreso
El último 17 de junio, el Pleno del Congreso aprobó, por mayoría, un texto sustitutorio que modifica el artículo 84 de la Ley 30220, Ley Universitaria, para eliminar el límite de edad máxima para el ejercicio de la docencia universitaria. La iniciativa se aprobó, en primera votación, con 62 votos a favor, uno en contra y 21 abstenciones y luego refrendada en una segunda votación.

Durante el debate, el congresista Esdras Medina Minaya (RP), presidente de la Comisión de Educación, dijo que la propuesta, de convertirse en ley, no generaría gasto alguno, debido a que la plaza de los docentes mayores de 70 años están presupuestadas. Por el contrario, los estudiantes universitarios se verán beneficiados con experiencia adquirida en la cartera de docente calificado.

El congresista Edwin Martínez Talavera (AP), autor del proyecto, dijo que lo que se busca es devolver la capacidad y docencia de los maestros universitarios. El congresista Flavio Cruz Mamani (PL), dijo que el docente universitario debe ser un motor para la investigación y la edad no debe ser excluida, mientras que su colega Edward Málaga Trillo (NA) discrepó de la proposición legal porque los docentes deben cumplir con algunos requisitos para continuar con el dictado de las clases en las aulas.

Fuente:rpp.pe


CURSO TEORICO – PRÁCTICO: DECLARACIÓN JURADA DEL BENEFICIARIO FINAL 2022
Fecha: Martes 9 y miércoles 10 de agosto.
Horario: 6:15 p.m. a 10:15p.m.
INVERSIÓN:
*Transmisión en vivo: S/160.00
Precios NO incluyen IGV
◘  Informes Vía WhatsApp: https://bit.ly/3aQKEwf
◘  Informes Vía Web: https://perucontable.com/url/djbenfin 

Comentarios

PROGRAMA DE ESPECIALIZACION GESTIÓN TRIBUTARIA

Inicia: Sabado 06 de Abril

Horario: 6:30 p.m. - 10:30 p.m.

Frecuencia: 1 una vez

Modalidad: EN VIVO