No habrá monto mínimo para abrir depósitos en tiendas afiliadas a bancos

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Apertura de cuentas de billetera electrónica Bim tampoco requerirá de monto mínimo. Ahora retiros diarios de cuentas básicas no deben superar los S/ 1,000. Bancos deben verificar identidad de clientes.

Una de las maneras de aumentar la inclusión financiera en el país es fomentando el ahorro formal en todos los segmentos de la población.

En esa línea, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) aprobó actualizar la regulación de las cuentas básicas de ahorros que hoy ya ofrecen las entidades financieras locales.

Esta modalidad de depósitos (diferente a una cuenta sueldo) fue creada en el 2011 y está dirigida principalmente a personas de bajos ingresos y con poco acceso a la banca.

Por ello, las cuentas básicas son productos sencillos y de bajo costo que pueden abrirse en los agentes corresponsales que tienen bancos y cajas en todo el país.

Al cierre del 2017, los agentes corresponsales –comercios afiliados a una entidad financiera– totalizaron 125,059, según datos de la SBS. Y es que en los últimos años han crecido fuertemente las tiendas, bodegas o farmacias autorizadas a realizar operaciones financieras en lugares en los que, en muchos casos, no existen oficinas ni cajeros automáticos.

La norma aprobada, que entrará en vigencia el próximo 1 de octubre, precisa que para abrir una cuenta básica no será necesario un monto mínimo ni tampoco se exigirá mantener un saldo mínimo mensual en la misma.

Asimismo, se eliminó la restricción vinculada al número de cuentas básicas que puede tener una persona en todo el sistema financiero.

Si bien se mantiene la condición de que los depósitos diarios en estas cuentas especiales no pueden exceder los S/ 1,000, ahora tampoco los retiros pueden superar ese monto.

Los saldos consolidados de cuentas básicas de una persona en una misma empresa no pueden ser mayores a S/ 2,000 en todo momento, según el reglamento.

Precisa, además, los requisitos de identificación y verificación mínimos de los clientes que deben seguir los bancos al abrir una cuenta básica, ya sea de manera presencial o por canales digitales.

– Dinero electrónico –

Las cuentas de dinero electrónico simplificadas, como las de la billetera electrónica Bim, tampoco tendrán monto mínimo de apertura ni saldo mínimo mensual.

Estas cuentas de dinero electrónico y las cuentas básicas están sujetas al régimen simplificado de debida diligencia en el conocimiento del cliente según la regulación de lavado de activos.

Agentes corresponsales

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