A menos de un mes de celebrarse la Navidad 2021, las empresas ya comienzan a prepararse para el pago de las gratificaciones a sus trabajadores.
De acuerdo a la Ley N° 27735, los empleados formales tienen derecho a recibir dos gratificaciones al año: Una en la quincena de julio y otra en la quincena de diciembre, la cual está próxima a iniciar.
La gratificación es un beneficio laboral que se otorga a los trabajadores del régimen laboral privado, siempre y cuando el empleado haya laborado al menos un mes completo en el semestre de julio a diciembre del 2021.
Ante este próximo pago, ¿sabes exactamente cuánto te corresponderá recibir? Verifícalo en nuestra calculadora de gratificación.
Gratificación 2021: ¿Cómo calcular cuánto recibiré?
La ley indica que el monto de la gratificación es equivalente a la última remuneración básica que recibió el trabajador, sin hacer los descuentos de AFP u ONP, ni seguros.
Además de ese monto de ‘grati’, se suma la bonificación extraordinaria que corresponde al aporte que realizar la empresa por tu seguro de EsSalud o Entidades Prestadoras de Salud (EPS).
En algunos casos también se incluye una asignación familiar, pero solo a quienes tengan hijos menores de edad o dependientes que cursen estudios superiores.
Con esto, el dinero extra que te depositan es igual a: Tu sueldo + asignación familiar + bono de 9% o 6.75% de tu salario, dependiendo del tipo de aseguradora que salud que tienes.
Para hacer más sencillo el calculo, puedes tener un aproximado indicando a continuación la fecha de ingreso a la empresa en la que trabajas, tu sueldo bruto, si te encuentras afiliado a EsSalud o EPS y si tienes bonificación familiar.
¿Quiénes reciben la gratificación por Navidad?
La Cámara de Comercio de Lima (CCL) precisa que este derecho laboral se entrega a los trabajadores con contrato indefinido, a plazo fijo y a tiempo parcial.
En el caso de los empleados de las pequeñas empresas, contratados después de que la empresa se inscribió en el Registro de Micro y Pequeña Empresa (Remype), la ley indica que ellos percibirán medio sueldo de gratificación.
También tienen derecho a medio sueldo de gratificación, los trabajadores de la microempresa que hayan sido contratados antes de que la microempresa se inscriba en el Remype.
Asimismo, conforme a la Ley 31047, los trabajadores del hogar deben recibir una gratificación equivalente a un sueldo completo.
En el caso de los trabajadores comprendidos en el Régimen Laboral Agrario, ellos recibirán ‘grati’ si comunicaron a su empleador que deseaban recibir este dinero de manera semestral. Sino lo hicieron entonces ya están recibiendo su gratificación dentro de su remuneración diaria.
Fuente: RPP Noticias
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