Fonavi: Devoluciones parciales y las otras modificaciones a la ley

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Comisión de Economía aprobó un dictamen por unanimidad. ¿Qué plantea la fórmula legal que recibió 19 votos a favor?.

En el Perú hay dos leyes relevantes cuando se trata del recordado Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi). La ley de devolución de dinero del Fonavi a los trabajadores que contribuyeron al mismo (N° 29625), publicada en el 2010; y la ley que garantiza el cumplimiento de la ley N° 29625, priorizando a la población vulnerable, como consecuencia de la pandemia de la covid-19 (N° 31173), publicada en el 2021.

Ahora la Comisión de Economía del Congreso le dio luz verde a una fórmula legal que plantea algunas modificaciones a la normativa vigente.

La comisión del Parlamento aprobó por unanimidad, con 19 votos a favor, el dictamen de la ley que modifica la ley N° 29625, permitiendo la devolución parcial con cargo a una posterior cancelación y reconoce el derecho a la devolución de dinero de los trabajadores que contribuyeron al Fonavi a sus herederos en caso de fallecimiento.

Las modificaciones al Fonavi

Se pretende modificar el artículo N° 4 de la ley N° 29625. Actualmente se indica en dicho artículo: “Confórmese una Comisión Ad Hoc, que efectuará todos los procedimientos y procesos que sean necesarios para cumplir con lo establecido en el artículo 2 y 3 señalados; los mismos que posterior a su nombramiento y reglamentación de la presente ley, entregarán en un tiempo no mayor a 120 días los Certificados de Reconocimiento”.

Ahora se busca agregar que la Comisión Ad Hoc está autorizada para realizar pagos a cuenta del monto total del proceso de devolución de cada cuenta individual de cada exaportante al Fonavi.

Los pagos a cuenta se entregan mediante un “certificado de reconocimiento de pago a cuenta” que es emitido por la citada comisión; sin embargo, la aceptación de dicho certificado es facultativo de cada trabajador que contribuyo al Fonavi, y la aceptación no impide que posteriormente se pueda acreditar con otros medios idóneos un monto mayor de aportación en cada cuenta individual. El monto consignado en el certificado es devuelto a través del Banco de la Nación”, refiere el texto.

Del mismo modo, si existiera exceso o duda en la determinación del monto del “certificado de reconocimiento de pago a cuenta” se tomará lo más beneficioso a favor de cada trabajador que contribuyo al Fonavi, no exigiéndosele la devolución en caso haber hecho efectivo el certificado; sin perjuicio de establecer las responsabilidades correspondientes.

Derecho de devolución

El texto pretende reconocer el derecho de devolución de dinero de los trabajadores que contribuyeron al Fonavi a sus herederos en caso de fallecimiento.

Para ello, el texto incorporaría el artículo 4-A en la ley N° 29625. Se establece que la Comisión Ad Hoc reconoce el derecho a la devolución de dinero de los trabajadores que contribuyeron al Fonavi a sus herederos en caso de fallecimiento. Cuando el monto a devolver supere las 4UIT (S/ 19,800) se toma en consideración las normas de la materia en temas de sucesiones requiriéndose tener el derecho inscrito en los Registros públicos.

Cuando el monto sea menor a las 4UIT se requiere la documentación cierta que acredite la condición hereditaria de los beneficiaros y la declaración jurada de los mismos ratificando esta condición.

Destaca que la Comisión Ad Hoc debe atender en forma prioritaria a las personas mayores de 65 años, a los registrados en el Conadis y los que tienen alguna enfermedad grave o terminal, sean los titulares o sucesores.

Referencia:

Fonavi: Devoluciones parciales y las otras modificaciones a la ley| Gestión| https://gestion.pe/economia/fonavi-congreso-devoluciones-parciales-y-las-otras-modificaciones-a-la-ley-del-fonavi-noticia/

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