Empresas ya pueden pedir devolución de impuesto a la renta

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La Sunat puso a disposición el formulario para solicitar la devolución del impuesto a la renta de empresas

Las empresas ya pueden pedir la devolución del Impuesto a la Renta. La Sunat puso a disposición ayer el Formulario Virtual N° 1649, que permite a las empresas solicitar la devolución del saldo a favor del Impuesto a la Renta de tercera categoría (renta empresarial).

Para hacer efectiva esta devolución se deberán cumplir con las siguientes condiciones, informó el estudio Benites, Forno & Ugaz:

►Haber presentado el Formulario Virtual N° 704 – Renta Anual 2016 o el formulario virtual (que no sea PDT) que se apruebe para la presentación de la declaración jurada anual de los ejercicios gravables siguientes, consignando la opción N° 1 “devolución” y un monto mayor a cero (0) en la casilla 138 o la casilla correspondiente a dichos formularios.

►Ingresar al enlace “Solicitud de devolución-Rentas de Tercera Categoría”, habilitado en Sunat Operaciones en Línea, inmediatamente después de haber realizado la presentación de la mencionada declaración jurada.

►No tener una solicitud de devolución de pagos indebidos o en exceso del Impuesto a la Renta correspondiente al ejercicio gravable por el que se solicita la devolución que se encuentren pendientes de atención por la Sunat.

►No haber sido notificados por la Sunat con una resolución que declare improcedente, procedente o procedente en parte una solicitud de devolución de pagos indebidos o en exceso del impuesto al que se refiere el numeral anterior o de devolución de saldo a favor por rentas de tercera categoría.

Las condiciones antes citadas serán validadas en línea por el sistema de Sunat. En ese sentido, aquellas solicitudes que no cumplan con los requisitos no serán admitidas. Finalmente, una vez concluida la presentación del Formulario Virtual N° 1649, se generará automáticamente una constancia de presentación, que contendrá los datos de la solicitud de devolución así como el número de orden asignado por la Sunat, señala el estudio Benites, Forno & Ugaz.

Fuente: elcomercio.pe


 

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