El error congresal que hace inaplicable la ley que cambió el CAS-COVID a CAS

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Hoy existen alrededor de 59,000 trabajadores CAS-COVID. De ellos, solo los que tengan más de un año en su puesto iban a ser trasladados al régimen CAS, pero queda en duda la aplicación antes esta situación.

El último fin de semana el Congreso de la República aprobó por insistencia la Ley 31539, la cual dispone que el personal CAS-COVID del sector salud pase al régimen CAS del Estado, sin embargo, un error procedimental cometido por el propio parlamento haría esta norma sea inviable o inaplicable.

Como se recuerda, el Decreto de Urgencia 018-2022, estableció la contratación del CAS COVID, por un plazo determinado, que concluyó “indefectiblemente” el 31 de julio.

Sin embargo, la ley emitida por el Congreso llegó tarde, pese a que fue aprobada el 30 de julio en el Pleno del Congreso, recién se publicó el 31 de julio en el Boletín de Normas Legales y entró en vigencia el 1 de agosto, es decir cuando ya no estaba vigente los contratos CAS COVID.

Cabe indicar que, el mismo 30 de julio también se aprobó la ley del crédito suplementario, que, entre otros recursos, le daba los recursos para incorporar al CAS COVID, siendo publicada el mismo 30 de julio como norma extraordinaria, pero la Ley 31539 del CAS COVID no fue publicada ese día, sino al día siguiente.

Un error en la publicación deja los contratados bajo la modalidad CAS COVID sin que puedan continuar laborando y que pasen a la modalidad de CAS regular.

Una medida técnicamente incorrecta

Al respecto, el abogado laboralista César Puntriano, comenta que lo que se generado es una medida antitécnica, debido a que el 1 de agosto no hay contrato, “no se puede prorrogar un contrato que ya venció. En este caso la norma fue publicada el 31 de julio, pero entró en vigencia el 1 de agosto, al día siguiente del vencimiento del plazo”, remarcó.

Explica que, como el contrato expiró el 31 de julio, el Estado no puede decir que son CAS Regulares de manera unilateral porque ya el contrato terminó, y el anterior empleador no puede imponerle un contrato con quien ya no tiene un vínculo vigente.

“Esta norma es técnicamente incorrecta”, expresó.

Hoy existen alrededor de 59,000 trabajadores CAS-COVID. De ellos, solo los que tengan más de un año en su puesto iban a ser trasladados al régimen CAS, pero queda en duda la aplicación antes esta situación.

Para este proyecto el presupuesto asignado a la contratación de trabajadores CAS en el sector salud subió de S/ 1,602 millones en el 2019 a S/ 5,259 millones en el 2021 y luego bajó a S/ 4,084 millones este año. Es decir, en ese periodo aumentó en más de S/ 3,600 millones.

La diferencia en caso CAS

De otro lado, César Puntriano comentó que en el caso de los CAS regulares existe la figura de la renovación automática, que no se ha dado en este caso, pero que consiste en que el trabajador continúe laborando después del vencimiento del contrato sin que previamente se haya formalizado su prórroga o renovación.

De esta manera, el plazo de dicho contrato se entiende automáticamente ampliado por el mismo plazo del contrato o prórroga que esté por vencer.

“Esto no implica que el contrato sea indeterminado”, indicó, aunque en el caso de CAS-COVID no sería aplicable, dado que la medida ha sido dada en un contexto de emergencia y con un marco distinto.

La salida es que el Congreso y el Ejecutivo puedan trabajar otra ley para su aplicación.

Fuente: gestion.pe


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