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Conozca todo sobre la factura negociable

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Las empresas, entidades y personas que emitan facturas comerciales y recibos por honorarios deberán imprimir dichos documentos con una tercera copia, que se empleará como la nueva factura negociable.

¿Qué es la factura negociable?
La factura negociable es un importante instrumento financiero para las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes). Es un título valor, similar a una letra, un pagaré o un cheque.
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Las empresas, entidades y personas que emitan facturas comerciales y recibos por honorarios deberán imprimir dichos documentos con una tercera copia, que se empleará como la nueva factura negociable.
En su página web la Sunat señala que el artículo 3 de la Ley 29623, promueve el financiamiento mediante la factura comercial.
¿Dónde se encuentra esta factura?
Es obligatorio en la emisión -de facturas- para todas las mipymes, entonces lo primero que tendría que hacer un empresario es ir a una imprenta autorizada e incorporar la tercera copia en sus facturas.
¿Qué es lo que debe contener una factura negociable?
a. La denominación factura negociable.
b. Firma y domicilio del proveedor del bien o servicio, es decir de quien emite el comprobante.
c. Domicilio del adquiriente del bien o usuario del servicio.
d.Fecha de vencimiento. Si ésta no apareciera, se entiende que el vencimiento es a los 30 días calendarios siguientes a la fecha de emisión.
e.El monto total o parcial (en caso se hayan dado adelantos) pendiente de pago por el adquiriente del bien o servicio, es el monto del crédito que la «factura negociable» representa.
f. La fecha de pago del monto señalado en el literal e), esta puede ser por el monto total o por las cuotas, en este caso se deberá señalar las fechas de vencimiento de cada una de las cuotas.
g. La fecha y constancia de recepción de la factura así como de los bienes o servicios prestados.
h. Leyenda de «Copia transferible – No válida para efectos tributarios».
Es obligatoria la factura negociable
La impresión de las nuevas facturas con una tercera copia será obligatoria para todas las empresas y entidades del régimen general, incluso para las empresas acogidas al régimen especial de rentas (RER), refiere un informe legal de la Cámara de Comercio de Lima (CCL).
(Con información de Gestión/Sunat/PeruContable)
http://larepublica.pe/sociedad/698940-conozca-todo-sobre-la-factura-negociable
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