Cajamarca: lechero debe 200 mil soles a la Sunat por error de contador

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Marciano Antomino Mendoza Vásquez, natural de la provincia cajamarquina de San Pablo, intentaba surgir como un prospero empresario dedicado al acopio y transporte de leche; sin embargo, toda su vida cambió por un error de su contador que al momento de declarar sus ingresos a la Sunat, puso unos ceros de más.

El error. En el año 2007, el contador debió declarar ingresos por ocho mil soles, pero por error declaró 800 mil soles generándole un pago de 80 mil soles a la Sunat. Ante el error, entabló un proceso contencioso administrativo contra la entidad ganando en las dos primeras instancias, pese a ello la Sunat apeló ante la instancia nacional y hoy la deuda estaría bordando los 200 mil soles.

El humilde cajamarquino, con seis hijos que mantener, se encuentra desesperado por los problemas económicos por el que cruza debido a que la Sunat congeló sus cuentas y bienes. Además tiene problemas de salud por lo que suplicó que esta entidad resuelva su caso para que vuelva la tranquilidad a su hogar.

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2 COMENTARIOS

  1. Tuvo la oportunidad de efectuar la correspndiente rectificatoria declarando el monto real asumiendo el pago del correcto impuesto el cual debio de pagar y/o demostrar el error en la proceso contencioso de reclamacion.

  2. En este caso hay una serie de errores. No solo del contador, sino hasta quien redacta la noticia no tiene idea clara de un procedimiento tributario. Antes de la «instancia nacional», es decir el Tribunal Fiscal, solo existe una instancia que es la de reclamación. Si el contribuyente obtiene un resultado favorable en esta primera instancia, el procedimiento termina ahí. La SUNAT no puede impugnar sus propios actos.
    Si ha llegado al Tribunal Fiscal es porque en instancia de reclamación se obtuvo un resultado negativo. Ello debió suceder por la falta de experiencia de quien elaboró el recursos de reclamación o por no haberse presentado los documentos solicitados por la SUNAT para a verificación contable de los ingresos.
    En el Tribunal Fiscal, igualmente si no se superan estos defectos, es probable que se confirme la deuda, no obstante la desproporción que alega el contribuyente. No es suficiente afirmar, se debe acreditar que se trata de un error.

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