BCP e Interbank sí cobran por tramitar 25% de AFP

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Cobro no autorizado. Gremio de banqueros dice que la SBS debe verificar si las comisiones tienen sustento técnico que vaya acorde con el servicio que brindan. Superintendencia sostiene que absolvió las consultas de Asbanc.

Existen más casos de afiliados a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) afectados por el cobro del trámite de los bancos para usar el 25% de su fondo AFP y amortizar un crédito hipotecario.

La República conversó con un afiliado a Hábitat, quien tiene un crédito hipotecario junto con su esposa por 15 años. Ellos ya han pagado ocho años, y desean amortizar al Banco de Crédito dicha deuda (S/ 166 mil) con su 25% de AFP (S/ 156 mil). Nos cuenta que para ese proceso, el BCP le cobró S/12 por el reporte de búsqueda de índices en el registro de propiedad inmueble de la Sunarp y S/59 por derecho de trámite.

Similar situación es la de Roxana Sánchez y su esposo Manuel Avilés, quienes hace un mes presentaron sus trámites para amortizar la deuda de compra de su vivienda pero hasta el momento no tienen la respuesta de si aprobaron el uso del 25% de su fondo de AFP. Además, cada uno tuvo que pagar S/59 por derecho de trámite y S/6 por el reporte de búsqueda de índice. También fue en el BCP.

Igualmente, aquellos en deuda hipotecaria en Interbank deben pagar S/59 por el trámite del 25% de sus fondos de AFP. En el caso del Scotiabank, no realiza ningún cobro por ello.

Pero ¿qué dicen los bancos sobre dichos pagos? Según voceros del BBVA Continental, las entidades financieras están obligadas a certificar legalmente que estos fondos se destinen exclusivamente para dicho fin.

Por ello, los bancos tienen que contratar los servicios de estudios externos para que, luego de una revisión de la documentación presentada por el cliente y el cruce de los datos con Registros Públicos, determinen que la solicitud de los clientes se refiera exclusivamente para el pago de la primera vivienda.

«Aunque a primera vista parezca un trámite sencillo, la ley estableció una serie de condiciones que convierten el procedimiento en complejo y oneroso», comentó un gerente del BBVA Continental.

Indicó que el costo de este servicio se traslada íntegramente al estudio externo, pues las entidades financieras no se benefician por este trámite. «Es la misma práctica que adoptaron todos los demás bancos del sistema frente al complejo procedimiento que establece la ley para hacer uso de los fondos previsionales».

El BCP refiere que debe realizar una serie de gestiones, incluyendo la revisión de distintos documentos (reportes de índices registrales, partidas registrales y/o títulos archivados) necesarios para asegurar el cumplimiento de lo estipulado por la Ley 30478. La comisión de S/59 cubre todas estas gestiones, las mismas que se realizan adicionalmente a los trámites regulares que debe efectuar el banco.

Recalcó que este cobro es solo para amortizar un crédito hipotecario.

Eva Céspedes, directora del Sistema de Relaciones con el Consumidor de la Asociación de Bancos del Perú (Asbanc), sostuvo que la SBS debe verificar si las comisiones que cobran los bancos tienen sustento técnico y van acorde al servicio que brindan las entidades.

Por su parte, la SBS solo informó que el martes envió un oficio a las entidades financieras. En el documento responde a las consultas realizadas por Asbanc relacionadas al procedimiento operativo para que los afiliados a una AFP dispongan del 25% de su fondo para la compra de un primer inmueble o amortizar un crédito hipotecario, otorgado por una empresa del sistema financiero. Indicó que la SBS estará pendiente.

Fuente: larepublica.pe – 04/08/2016

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