ATENCIÓN, EMPRESAS: Novedades de la Declaración de Renta Anual 2016

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Una de las principales novedades de la Declaración de Renta Anual 2016 para las empresas es que este documento deberá ser presentado por contribuyentes que pueden ser personas naturales con negocio o personas jurídicas que generan rentas de tercera categoría en el régimen general del impuesto a la renta (IR).

Así lo detalló la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) en su reciente boletín electrónico para los contribuyentes.

Lineamientos

Indicó, además, que no deberán presentar dicha declaración los contribuyentes que se encontraron durante todo el 2016 en el Régimen Único Simplificado (RUS) o en el Régimen Especial de Renta (RER).

Sin embargo, advirtió que estarán obligados a entregarla aquellos que hubieran obtenido rentas o pérdidas de tercera categoría en el régimen general del IR.

Asimismo, deberán presentarla los que hubieran realizado el pago de más del 15% de sus obligaciones sin utilizar dinero en efectivo o medios de pago permitidos por el sistema financiero, pese a ser operaciones gravadas con el impuesto a las transacciones financieras (ITF).

Formularios

Como regla general, el contribuyente estará obligado a utilizar el Formulario Virtual N° 704, disponible en Sunat Virtual, para declarar las rentas o pérdidas de tercera categoría como contribuyentes del régimen general del IR, cuyos ingresos anuales del ejercicio 2016 sean menores a 300 UIT (S/ 1’185,000).

Entre las novedades en dicho formulario, figura que este podrá ser utilizado por entidades exoneradas o inafectas del IR.

Además, se simplifica el pedido de información de datos del contador, y se incluye correo electrónico y teléfono.

En cambio, el PDT N° 704, también disponible en Sunat Virtual, deberá ser utilizado siempre que el contribuyente esté obligado a presentar balance de comprobación

A su vez, tendrá que usarlo quien haya intervenido como adquirente en una reorganización de sociedades, así como el contribuyente que goza de estabilidad jurídica y/o tributaria, entre otros casos.

Entre los nuevos datos que se colocarán figuran el costo de ventas tanto para empresas comerciales como de servicios y productoras; al igual que los gastos de investigación científica.

Fuente: elperuano.pe


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