Listado de empleadores que recibirán el subsidio por contratar nuevos trabajadores

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Aprueban listado de empleadores elegibles para la asignación del subsidio para la recuperación del empleo formal en el sector privado:

La Resolución Ministerial Nº 063-2021-TR publicada el  12  de  abril  de  2021,  aprueba  el  listado  de  empleadores  elegibles  que  han  calificado  para  la asignación  del  subsidio,  así  como  el  monto  que  corresponde por dicho concepto respecto al mes de noviembre  de  2020  a  efectos  de  recuperar  el  empleo formal en el sector privado.

Cabe recordar que los empleadores incluidos en el listado   gestionan   el   desembolso   del   subsidio,   siempre que acrediten previamente el cumplimiento de  las  condiciones  indispensables  en  la  Ventanilla  Integral  Virtual  del  Asegurado  –  VIVA  del  Seguro  Social  de  Salud  –  EsSalud  conforme  a  lo  dispuesto  por  el  Decreto  de  Urgencia  No.  127-2020  y  sus  normas complementarias.

Trámite para el desembolso a través del VIVA del EsSalud

El  empleador  elegido  consigna,  a  través  de  su  representante autorizado para el trámite del subsidio, la  información  requerida  en  la  plataforma  VIVA  del  EsSalud, la que incluye los datos personales de dicho representante. EsSalud verifica que el representante ante VIVA del EsSalud se encuentre autorizado por el representante  legal  del  empleador,  a  efectos  de  obtener el usuario y contraseña de ingreso para el trámite  correspondiente,  en  un  plazo  máximo  de  5  días  hábiles  posteriores  a  la  presentación  de  la  solicitud para obtener usuario y contraseña.

El empleador brindará a través de la plataforma, las declaraciones  juradas  y  el  CCI  de  la  cuenta  del  empleador para el abono del subsidio, la cual debe corresponder  a  una  cuenta  válida  y  activa  en  moneda    nacional.    El    empleador    asume    la    responsabilidad en caso de que la transferencia del subsidio se realice a un tercero por haber informado errónea del CCI.

El otorgamiento del subsidio puede ser gestionado a partir del cuarto día hábil de efectuada la publicación y  envío  a  EsSalud  de  los  listados  de  empleadores  elegibles  del  sector  privado,  teniendo  como  plazo  máximo el 14 de diciembre de 2021. EsSalud realiza el pago del subsidio a los 7 días hábiles de realizada la solicitud para su otorgamiento.

Asimismo,   es   condición   para  el  desembolso,  no  tener  en  trámite  ante  la  Autoridad   Administrativa   de   Trabajo   competente   una  terminación  colectiva  de  contratos  de  trabajo  durante el mes en que se realiza    el    pago    del    subsidio.

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Fuente: Quantum Consultores

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