Estas son las licencias laborales remuneradas en la legislación peruana

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Estas son las licencias laborales remuneradas en la legislación peruana

La legislación peruana garantiza licencias remuneradas en una serie de ocasiones. Con diversos cambios realizados, te recordamos cuáles son.

Licencia por maternidad

Las madres tienen derecho a descanso remunerado antes y después del nacimiento del bebé, en un total de 98 días. Después del período, la madre debe reincorporarse a su puesto.

Licencia por paternidad

Los padres pueden tener una licencia remunerada de 10 días cuando nazcan sus hijos. En caso de parto múltiple o prematuro, la ley garantiza 20 días y, en caso de que la madre o el bebé tengan complicaciones de salud, el padre puede tener hasta 30 días de licencia remunerada.

Licencia por adopción

Hombres y mujeres que adopten un hijo tienen derecho a 30 días de licencia remunerada. Si la parejatrabaja en la misma empresa, únicamente la mujer tendrá derecho a la licencia.

Licencia por enfermedad o accidente

Los trabajadores pueden ausentarse hasta por 20 días en caso de accidentes o enfermedades.

Licencia por enfermedad o accidente

Si la licencia sobrepasa los 20 días, la persona es declarada incapaz temporal. En este caso la empresa debe pagar un subsidio por incapacidad, que es retribuido por EsSalud.

Permiso por enfermedad o accidente grave de familiar

En caso de que el trabajador tenga un hijopadremadre o cónyuge accidentado o enfermo grave, puede pedir una licencia de hasta siete días.

Vacaciones

Todos los trabajadores tienen derecho a 30 días remunerados de vacaciones por año trabajado, con características específicas si es que la empresa es del sector privado o público.

Vacaciones – sector privado

Los 30 días pueden ser divididos en dos períodos, uno de quince días y otro en períodos mínimos de un día laboral.

Vacaciones – sector público

Los días pueden ser fraccionados mediante acuerdos entre empleado y empleador, en un período mínimo inicial de siete días.

Permiso por citación militar, judicial o policial

Trabajadores con dependencias militares, judiciales o policiales pueden pedir permis

Fuente: msn.com


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