Despido por maternidad: Gestantes ya no podrán ser despedidas en el período de prueba

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La semana pasada el Tribunal Constitucional, dispuso que ya no es exigible que las mujeres informen a su empleador que está embarazada, ya que según la Ley de Competitividad y Productividad Laboral es nulo el despido de una gestante sin una causa justa. ¿Qué pasa durante el período de prueba?

La casación No. 30535-2013 de la Corte Suprema de Justicia, señala que una gestante no puede ser cesada durante el periodo de prueba sin que exista una causa justa para su desvinculación.

En concreto, se establece pautas o reglas que deberán seguir los jueces para estos casos, refirió Dante Botton, abogado laboralista del estudio Payet.

¿CUALES SON LAS REGLAS A SEGUIR?

1.- Se considera que el embarazo ha sido el motivo del despido, cuando se produce durante el período de gestación o dentro de los 90 días posteriores al parto.

2.- No es necesario que la trabajadora comunique por escrito su condición de gestante.

3.- La empresa tiene la carga de la prueba de la causa justa de despido cuando este se de durante el período de gestación o dentro de los 90 días posteriores al parte.

4.- Si se despide a una gestante mientras trascurre el periodo de prueba, sin motivo alguno, se presume que la causa del despido ha sido el embarazo.

Si una gestante es cesada durante el período de prueba, tiene derecho a su reposición.

“La ley 31152 que modificó el Art. 29 de la Ley de Competitividad y Productividad Laboral, señala que ya no se puede cesar durante el periodo de prueba a una gestante”.

Esta sentencia no hace distinción. “A una trabajadora que fue cesada hace cuatros años y que hoy esta peleando su reposición por haber sido cesada durante el periodo de prueba por gestación, también le aplicaría el mismo criterio, aunque no estaba vigente la Ley 31152 que se emitió en abril del 2021″.

Antes de la Ley Nro. 31152 no había ninguna norma que exonerará a las gestantes del periodo de prueba, que va de tres a seis meses. “Con este criterio de la Corte Suprema se podría entender que estamos ampliando la protección, cuando no existía una norma. Si bien suena protector lo que va hacer en la práctica es desincentivar la contratación de mujeres”.

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