¿Cuál es la pensión mínima para afiliados a una AFP?

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Conoce de qué trata y en qué casos se aplica este subsidio estatal.

Si eres un afiliado que viene aportando al Sistema Privado de Pensiones (SPP) y quieres saber cuál es la pensión que recibirán cuando llegue tu edad de jubilación, deberás tener en cuenta que dependerá de los años de aportaciones y del promedio de tus últimas remuneraciones efectivas de tu vida laboral, según la ley vigente. Pero, ¿qué pasa si no alcanzas a la pensión mínima? Gestión te da la información en esta nota.

Los afiliados pueden jubilarse a los 65 años para acceder a una pensión. Si lo que has aportado no te cubre para recibir una pensión mínima, el estado te la cubrirá a través del Bono Complementario de Pensión Mínima (BCPM), que iguala la pensión al monto mínimo que hubieras recibido de permanecer en el Sistema Nacional de Pensiones y que no puede ser cubierta por tu Cuenta Individual de Capitalización (CIC) de AFP. A continuación, más detalles.

¿QUÉ ES LA PENSIÓN MÍNIMA?

En el Sistema Privado de Pensiones (SPP) existen dos regímenes para obtener la pensión mínima: uno creado mediante la Ley N° 27617 y otro con la Ley N° 28991.

Se trata de una garantía que brinda el Estado peruano a aquellos trabajadores que, cumpliendo con los requisitos de años de aporte a un sistema de pensiones y requisitos de edad, no alcanzan a tener una pensión que supere el mínimo establecido.

¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS QUE SE DEBEN CUMPLIR PARA ACCEDER AL BENEFICIO DE LA PENSIÓN MÍNIMA?

Podrán acceder a una pensión mínima

Requisitos bajo la ley bajo la Ley N° 27617

  • Contar con una edad mínima de 65 años y que no se estar percibiendo una pensión de jubilación al momento de presentar su solicitud ante la AFP.
  • Haber nacido a más tardar el 31/12/1945.
  • Haber aportado como mínimo 20 años efectivos al Sistema Nacional de Pensiones (SNP) y/o el SPP
  • Cada una de las aportaciones deben haber sido calculadas sobre la base de la Remuneración Mínima Vital (RMV).

Requisitos bajo la ley bajo la Ley N° 28991

  • Contar con una edad mínima de 65 años al momento de hacer la solicitud de pensión mínima.
  • Haber nacido después del 31 de diciembre de 1945;
  • Haber aportado como mínimo 20 años efectivos al Sistema Nacional de Pensiones (SNP) y/o el SPP
  • Cada una de las aportaciones deben haber sido calculadas sobre la base de la Remuneración Mínima Vital (RMV).

¿CÓMO SE FINANCIA LA PENSIÓN MÍNIMA?

La pensión mínima se financiará con el valor de la Cuenta Individual de Capitalización (CIC) del afiliado y el valor de su Bono de Reconocimiento, si lo tuviera. En el caso de que los recursos de agoten, el Estado se encarga de garantizar que reciba los pagos mensuales de dicha pensión a través de un Bono Complementario de Pensión Mínima (BCPM).

¿QUÉ ES LA JUBILACIÓN POR EDAD LEGAL?

Es la jubilación a la que puedes acceder a partir de los 65 años.

¿QUÉ FACTORES DETERMINAN EL MONTO DE MI PENSIÓN DE JUBILACIÓN?

El monto de tu pensión dependerá de los siguientes factores:

  • El fondo acumulado de tu cuenta (más la rentabilidad que esta haya generado).
  • Perfil de ingresos: cuanto mayor sea la remuneración del afiliado, mayor será su nivel de acumulación de recursos en su cuenta.
  • Nivel de riesgo: los afiliados tienen la opción de elegir el nivel de riesgo para sus fondos de pensiones, que van de bajo, balanceado y alto riesgo.
  • Tiempo de permanencia aportando a la AFP: cuánto más joven sea el afiliado, su horizonte de aportes será mayor y también su capacidad para ahorrar.
  • El Bono de Reconocimiento, en caso cuentes con este.
  • El número de tus beneficiarios.
  • La modalidad y moneda en la que elijas tu pensión.

Fuente: gestion.pe

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