Congreso aprueba insistencia de ley que prohíbe los contratos de locación de servicios

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La norma fue observada por el Ejecutivo sustentando que afecta a la igualdad de acceso a la función pública. Ahora será el Parlamento quien la promulgue por insistencia.

Con 93 votos a favor, cero en contra y dos abstenciones, el Pleno del Congreso aprobó la insistencia de la ley que prohíbe a las entidades públicas contratar personal mediante la modalidad de locación de servicios para actividades de naturaleza subordinada y permanente.

Esto con la finalidad de evitar la desnaturalización de la relación laboral, garantizando el derecho de los trabajadores en todas las entidades pertenecientes a los poderes del Estado, organismos constitucionales autónomos, gobiernos regionales y locales, incluyendo organismos descentralizados, proyectos especiales, y programas.

Esta autógrafa exceptúa a la contratación de servicios de carácter urgente y temporal, debidamente acreditados, y por un lapso que no podrá exceder seis meses calendario.

“En la práctica dichos contratos son utilizados para poder encubrir verdaderas relaciones de trabajo asignadas a pesar de disposiciones vigentes. Ello también genera que a servidores públicos contratados se les prive de sus derechos laborales y sociales mínimos justamente por el consentimiento de autoridades que justifican tal contratación señalando que se ahorre sobre costos”, manifestó Daniel Oseda, presidente de la Comisión de Trabajo.

Se establece un plazo máximo de adecuación de un año para las entidades a las que alcanza la ley, para que convoquen a concursos públicos de mérito a través de los cuales se incorpore a los locadores de servicio que realizan a la fecha de publicación de esta ley actividades de naturaleza permanente, previa evaluación de sus méritos e idoneidad, al régimen laboral que corresponda.

Cabe precisar que la norma fue observada por el Ejecutivo sustentando que afecta a la igualdad de acceso a la función pública. Ahora será el Parlamento quien la promulgue por insistencia.

Fuente: larepública.pe


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