Una trabajadora sufre un accidente en setiembre del 2016, donde le ha concedido 30 días de descanso físico. Percibe una remuneración mensual de S/ 4,000.00 (cuatro mil soles).
Nota. La misma trabajadora estuvo con descanso médico por incapacidad temporal de tres meses del año 2016 (marzo, abril y mayo).
Solución:
El subsidio por incapacidad temporal se calcula teniendo en cuenta el promedio diario de las remuneraciones de los doce (12) últimos meses de aportaciones calendario inmediatamente anteriores al mes en que inicia la contingencia multiplicando por el número de días de goce del descanso médico. Si el total de meses es inferior a doce (12), el promedio se determinará en función de los meses que tenga el afiliado. Por lo tanto, el subsidio en mención es equivalente al total de remuneraciones de los últimos doce (12) meses, dividido entre 360, multiplicado por el número de días de goce del descanso, además si el total de los meses de afiliación es menor a doce (12). El promedio se calculará en función del tiempo de afiliación del asegurado.
El cálculo sería de la siguiente manera:
# Total de remuneraciones | x # de días de goce de descanso (a partir del día 21) |
360 |
Cálculo de la remuneración computable
Datos
1. Punto 8.1.2 inciso b) de la Directiva de Gerencia General N°08-GG-ESSALUD-2012 del 16-11-12: […] Los subsidios que se hubiesen pagado al asegurado en los últimos meses calendario inmediatamente anteriores al mes en que se inicia la contingencia serán tomados en cuenta para el cálculo del subsidio”.
Meses | Remuneración/subsidio |
Setiembre 2015 | S/ 4,000.00 |
Octubre 2015 | S/ 4,000.00 |
Noviembre 2015 | S/ 4,000.00 |
Diciembre 2015 | S/ 4,000.00 |
Enero 2016 | S/ 4,000.00 |
Febrero 2016 | S/ 4,000.00 |
Marzo 2016 (subsidio) | S/ 4,000.00 |
Abril 2016 (subsidio) | S/ 4,000.00 |
Mayo 2016 (subsidio) | S/ 4,000.00 |
Junio 2016 | S/ 4,000.00 |
Julio 2016 | S/ 4,000.00 |
Agosto 2016 | S/ 4,000.00 |
Total | S/ 48,000.00 |
Cálculo del subsidio diario
Total de remuneraciones (Promedio de los últimos 12 meses) | 48,000 360 | = | 133.33 soles (subsidio diario) |
Cálculo del subsidio total por incapacidad

Nota. La base de cálculo para el subsidio, en el caso de trabajadores regulares, es la remuneración que mensualmente perciben, con excepción de las gratificaciones por Fiestas Patrias o Navidad u otros conceptos ordinarios legales o convencionales de periodicidad similar a las gratificaciones legales. Los montos que percibe el trabajador como subsidio por incapacidad temporal no se encuentran afectos al pago de Essalud, Senati, Sencico, Conafovicer ni a la retención por el impuesto a la renta de quinta categoría, solo se encuentran afectas al pago por el seguro complementario de trabajo de riesgo-Essalud (SCTR), Régimen Pensionario Especial de Trabajador Pesquero y el Sistema Privado de Pensiones (SPP).
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