5 preguntas-respuestas que debes saber sobre las Gratificaciones

0
654

Según la Ley Nº 27735, las gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad son un beneficio de carácter obligatorio que el empleador otorga al trabajador sujeto al régimen laboral de la actividad privada en Julio y Diciembre, independiente de la modalidad de su contrato de trabajo y el tiempo de la prestación de servicios.

Marco Legal:

Las normas que regulan las consideraciones mínimas para el cómputo y cálculo de las gratificaciones legales son:

  • Ley N.° 27735, Ley que regula el otorgamiento de las gratificaciones para los trabajadores del régimen de la actividad privada por Fiestas Patrias y Navidad [Ley en adelante].
  • D.S. 005-2002-TR, Dictan normas reglamentarias de la Ley que regular el otorgamiento de gratificaciones para trabajadores del régimen de la actividad privada por Fiestas Patrias y Navidad [Reglamento en adelante].

Preguntas Frecuentes

1. ¿Quiénes tienen derecho a percibir las gratificaciones?


Según el artículo Nº1 de la Ley y el artículo Nº 1 del Reglamento, les corresponde gratificaciones a los trabajadores contratados bajo el régimen laboral de la actividad privada, tanto a:

  • Trabajadores con contrato a plazo indeterminado.
  • Trabajadores con contrato a plazo determinado o sujeto a modalidad.
  • Trabajadores con contrato a tiempo parcial: Aquellos con una jornada inferior a las 4 horas diarias.
  • Los socios- trabajadores de las cooperativas de trabajadores, y,
  • Los trabajadores con regímenes laborales especiales quienes se rigen por sus propias normas como las trabajadoras del hogar, los de construcción civil y otros.

2. ¿A quiénes no les corresponde percibir las gratificaciones?

Según el artículo Nº 8 de la Ley, los sujetos que no tienen derecho a percibir las gratificaciones son:

  • Trabajadores por locación de servicios (los que emiten recibos por honorarios).
  • Trabajadores de la microempresa registrados en el REMYPE y
  • Modalidades Formativas Laborales (Practicantes- Ley 28518).

3. ¿Cuál es el plazo para pagar las gratificaciones?

La fecha máxima para el pago de la gratificación por Fiestas Patrias es hasta el 15 de julio, todo pago realizado posterior a dicha fecha, deberá adicionar los intereses laborales.

Si el último día para el pago de la gratificación de julio (o diciembre) fuera un día inhábil, el pago deberá de realizarse el día hábil anterior más próximo.

4. ¿En qué consiste la inafectación de las gratificaciones?

La Ley N° 30334, publicada el 24 de junio de 2015 en el diario oficial El Peruano, dispone, entre otros aspectos, que las gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad no se encuentran afectas a aportaciones, contribuciones (ESSALUD, SNP-ONP y SPP-AFP) ni descuentos de índole alguna; excepto aquellos otros descuentos establecidos por ley o autorizados por el trabajador como por ejemplo las inasistencias injustificadas, las licencias sin goce de haber y las retenciones por quinta categoría.

5. ¿Qué sucede si no se realiza el pago de las gratificaciones dentro de los plazos establecidos?

El no cumplir con la suma de dinero otorgada al trabajador por concepto de gratificación está tipificado como una falta grave, que según la base de cálculos por sanciones laborales dependerá del número de trabajadores afectados y según el tipo de régimen laboral al que pertenece el empleador. Ver tabla de sanciones:

Artículo que te recomendamos leer:

Requisitos del Régimen de Pensión de Jubilación Adelantada para Personas con Discapacidad

¿Qué te pareció nuestro artículo? Coméntanos.


CURSO DE ESPECIALIZACIÓN: EXCEL EMPRESARIAL – NIVEL AVANZADO
Fecha: Martes y jueves: 20/07, 22/07, 27/07, 03/08, 05/08,10/08, 12/08, y 17/08 de 2021.
Horario: 7:00 pm – 10:00 pm
*Modalidad Transmisión en vivo: S/200.00
NOTA: Los precios No incluye IGV
◘ Información vía WhatsApp: https://bit.ly/3z1IQa5
◘ Información vía Web: https://perucontable.com/url/exavbb 

Comentarios

PROGRAMA DE ESPECIALIZACIÓN EN ASISTENTE CONTABLE.

Fecha: Sábado, 27/04 de Abril, 04/05, 11/05, 18/05, 25/05 de Mayo, 01/06, 07/06, y 15 de Junio del 2024.

Horario: 9:00 a.m. - 1:00 p.m.

Frecuencia: Cada Sábado

Duración: 8 sesiones, 8 módulos, 2 meses.