Las Unidades Ejecutoras y Pliegos realizan la conciliación entre la información presupuestaria y financiera a través de la opción “Conciliación” del aplicativo web “SIAF – Módulo Contable – Información Financiera y Presupuestaria” utilizando el formato “Conciliación de Cuentas de Gestión y Ejecución Presupuestal:
Anexo 1 – EF2”, de acuerdo a la periodicidad establecida en el numeral 4 de la presente Directiva, para validar la correspondencia entre la ejecución presupuestaria de los ingresos y gastos del Estado de Ejecución del Presupuesto de Ingresos y Gastos (EP-1), con los saldos de las cuentas del Estado de Gestión EF-2, adjuntando la explicación de las diferencias .
Información Financiera:
Los estados financieros deberán ser presentados mensualmente a valores constantes (ajustados por inflación), e históricos y en nuevos soles, siendo estos los siguientes:
Balance General (EF-1):
Estado financiero básico, que representa a una fecha determinada (trimestre) la situación financiera respecto a las cuentas por cobrar, la cantidad invertida en infraestructura pública y construcciones en curso; así como, las obligaciones, compromisos y deudas contraídas por la entidad; cuyo sustento está reflejado con la contabilización de los expedientes administrativos y operaciones complementarias registradas con notas de contabilidad en el SIAF-SP. De la lectura del balance general se pueden tomar muchas conclusiones, a fin de tomar decisiones adecuadas, por lo tanto el balance general debe contener información financiera coherente, razonable y veraz.
Estado de Gestión (EF-2):
Estado financiero netamente dinámico, tiene por finalidad reflejar todo el movimiento de operaciones que significan ingresos y gastos que afectan las cuentas de resultados y su incidencia en la determinación de resultados déficit o superávit al término de un período trimestre. Las operaciones que generan el mencionado estado financiero son registradas en el SIAF-SP.
Información Presupuestaria:
El estado de ejecución presupuestal de ingresos y gastos, se presenta trimestralmente a valores históricos y en nuevos soles. Informe que sirve para evaluar las cifras proyectadas de los ingresos corrientes y de capital, así como los gastos corrientes y gastos de capital que han tenido una ejecución real y que a su vez han tenido incidencia patrimonial y financiera.
Conciliación del Marco del Presupuesto
El pliego deberá conciliar con la contaduría pública de la nación, semestralmente el marco legal del presupuesto, el que será sustentado con las copias de los dispositivos legales debidamente autenticados por la entidad.
La fecha de la conciliación del marco legal del presupuesto deberá efectuarse dentro de los 15 días hábiles siguientes de vencido el semestre.
La información del Pliego registrada en el Acta de Conciliación, tiene carácter de Declaración Jurada, por lo que, en virtud del Principio de Veracidad, se considera cierta.
La Conciliación del Marco Legal de Ingresos y Gastos, para el caso de las entidades gastadoras, se efectúa a nivel de Pliego, por fuente de financiamiento, desagregada en las categorías Gastos Corrientes, Gastos de Capital y Servicio de la Deuda y genéricas de gastos; así como por genéricas de ingresos. En cuanto a las entidades captadoras, la conciliación de ingresos se efectúa a nivel de específicas del ingreso y por fuente de financiamiento.
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