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Diferencia entre el SIAF-SP y el SIAF-RP

El SIAF significa (Sistema Integrado de Administración Financiera); es un software de uso obligatorio por todas las entidades del Estado, allí se registran información de Ingresos y Gastos de la institución. También brinda reportes y estados de gestión valiosos para el control concurrente y toma de decisiones, asimismo su manejo es requisito obligatorio por las personas que trabajan en las áreas de:

El SIAF como todo software ha ido evolucionando y actualizándose conforme el avance del tiempo y de la tecnología. Esto trajo cambios inclusive en el nombre, pero que la funcionabilidad es la misma. En este blog conoceremos las pequeñas diferencias entre dos versiones del SIAF; el SIAF-SP y el SIAF-RP. Nos centraremos en los aspectos más importantes y considerables.

SIAF – SP (Sector Público)

Se implementó en el año 2003 con 4 sistemas de los 11 sistemas administrativos los cuales aún se mantienen en la actualidad.

Cuenta con los siguientes sistemas:

A. Sistema Nacional de Presupuesto Público

No se puede autorizar la ejecución de un gasto sin que antes haya estado debidamente programada.

B. Sistema Nacional de Tesoro Público

Permite:

En conclusión, permite definir el flujo de caja que permite la captación de ingresos  y por otro lado definir cuál será el plan o cronograma de pagos.

C. Sistema Nacional de Endeudamiento Público

Establece los lineamientos y criterios para que las entidades públicas concierten deudas, pero la Norma dice que para realizar una concertación de endeudamiento en el Estado está solo debe estar orientado a la ejecución de inversión.

Comentario: Es decir las entidades públicas solo pueden cubrir con endeudamiento público el financiamiento o garantizar la ejecución de las inversiones públicas. 

D. Sistema Nacional de Contabilidad Pública

Permite:

Brindar la Cuenta General de la República, para que el congreso de la república permita la aprobación de la información anual que se presenta en las diversas instituciones públicas.

SIAF – RP (Recursos Públicos)

En el año 2018 mediante Decreto Legislativo N° 1436 se deroga la Ley N° 28112, la cual implementa adicionalmente tres sistemas a los sistemas que mencionaba la Ley N° 28112(2003), los cuales son:

E. Sistema Nacional de Abastecimiento

Fue publicado el 16 de septiembre del año 2018 y su reglamento fue publicado el 15 de junio del 2021.

A través de este sistema se puede ver los cuatro procesos de abastecimiento dentro de una sola aplicación (es decir desde su aplicación hasta la entrega oportuna de los insumos). En materia de mantenimiento las entidades públicas están obligadas a establecer un Plan Multianual con lo cual se busca ordenar el gasto en las partidas del Estado, esto está vinculado al cuadro de necesidades.

F. Sistema de Programación Multianual  y Gestión de las Inversiones (INVIERTE-PE)

Según el MEF, el INVIERTE-PE nació mediante el Decreto Legislativo N° 1252 el 01 de diciembre de 2016, y entró en vigencia desde el 24 de febrero del año 2017; un día después de la publicación oficial de su respectivo Reglamento.

G. Gestión Fiscal de los Recursos Humanos

Se define como la evaluación y validación de los ingresos correspondientes a los recursos humanos del Sector Público y la administración del registro de dichos ingresos, con transparencia, legalidad, eficiencia y eficacia. (según el artículo 15 del Decreto Legislativo N° 1436).

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  1. Impuesto a la Renta de 3ra Categoría
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