SIS Microempresa – Preguntas Frecuentes

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Soy trabajador de una microempresa, ¿Cómo me afilio al SIS?
La afiliación será realizada por el conductor o representante de la microempresa donde trabajas. Tú, como trabajador de una microempresa, no puedes inscribirte individualmente.
Para la inscripción, lo primero que debe hacer el conductor o representante es acceder al portal de REMYPE del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.mintra.gob.pe), donde deberá registrar los datos para inscribir a la microempresa, así como los datos personales y la información requerida de todos los trabajadores y sus derechohabientes (hijos menores de 18 años y cónyuge o conviviente) para la afiliación al SIS.

¿Las emergencias tienen periodo de carencia?
No, si se te presentara alguna condición de Emergencia que esté cubierta por el seguro, puedes acudir de inmediato a cualquier Establecimiento de Salud del MINSA.

¿En qué hospital puedo atenderme?
La atención que recibirás será en cualquier Establecimiento de Salud asignado por el SIS, a excepción de una situación de emergencia.

¿Qué documentos debo presentar para poder atenderme? 

Debes presentar tu Documento Nacional de Identidad – DNI (para menores de 18 años el DNI es obligatorio).

Si deseo atenderme en un centro de salud distinto al que se me fue asignado, ¿Qué debo hacer?

El SIS asignará el Centro de Salud que te corresponde de acuerdo al domicilio declarado en el REMYPE. Si cambias de domicilio el trámite para cambiar de centro asistencial lo deberás realizar a través de la ODSIS que corresponda a tu nuevo domicilio.

Trabajo en provincia, ¿también puedo inscribirme al SIS?

Sí, esta norma es válida para todos los trabajadores de las microempresas a nivel nacional.

Tengo un hijo mayor de edad que tiene incapacidad absoluta,  ¿También puede estar inscrito dentro de mi seguro familiar?

Sí, los hijos mayores de edad que presentan incapacidad absoluta para el trabajo están considerados dentro del seguro familiar.
Para inscribirlo debes presentar un documento a la Oficina Desconcentrada – ODSIS donde solicitarás su incorporación como asegurado, para lo cual debes adjuntar el Informe de la Comisión Evaluadora de hijos mayores de 18 años que lo otorga ESSALUD, o de otra acreditada por el Ministerio de Salud. El SIS realizará las verificaciones correspondientes.

Si dejo de trabajar, ¿Aún puedo mantener mi seguro SIS?

Sí, si dejas de laborar podrás mantener tu cobertura de salud a través de la activación del periodo de latencia, (periodo de tiempo que cubre el seguro después de haber dejado de trabajar en la microempresa), la misma que debe hacerse de la siguiente manera:
•  El asegurado titular debe presentar a la ODSIS de su jurisdicción una solicitud (original y copia) requiriendo su derecho de cobertura por desempleo.
• La ODSIS verificará y evaluará la solicitud, aprobándola o denegándola, según el reporte generado por el sistema de información.
• El periodo de latencia se iniciará un (1) día después del vencimiento de la fecha del último pago, y será hasta por un periodo de tres (3) meses, según corresponda.

¿Cuánto tiempo durará mi periodo de latencia?

Según los pagos realizados, los periodos de latencia serán los siguientes:
•    De 3 a 5 aportaciones continuas: 1 mes de latencia.
•    De 6 a 8 aportaciones continuas: 2 meses continuos de latencia.
•    De 9 a más aportaciones continuas: 3 meses continuos de latencia.

Si cambio de trabajo, ¿Qué debo hacer para continuar con el seguro SIS?

Para que puedas mantener la cobertura de salud, habiendo dejado de laborar en una microempresa e iniciado actividad en otra, debes tener en cuenta tres condiciones:
•    No haber activado el periodo de latencia.
•    El REMYPE deberá haber enviado al SIS los datos del trabajador y del nuevo empleador.
•    Debe haber continuidad entre la última cuota pagada por el anterior empleador y la primera del nuevo empleador.

¿Cómo puedo saber si mi jefe está pagando mi seguro SIS?

El SIS a través de su página web, ha implementado el módulo de consultas en línea para asegurados al componente semisubsidiado y trabajadores de microempresas al cual puede acceder y verificar los aportes realizados por su empleador destinados a la cobertura de salud. Lo puede ubicar en la parte central de nuestra página web bajo el nombre «Verifique aquí si está asegurado al SIS” o directamente en http://app.sis.gob.pe/SisConsultaEnLinea/Consulta/frmConsultaEnLinea.aspx

¿Porqué motivos puedo perder mi seguro SIS?

Puedes perder tu seguro SIS, si la microempresa donde trabajas, no ha efectuado el pago de tu seguro hasta por tres cuotas consecutivas o al vencimiento del periodo de latencia, en dicho caso se te dará de baja de manera inmediata.
También es importante saber que si tu empleador no está al día en el pago de las cuotas no podrás recibir atención médica.
Si el conductor o representante de la microempresa no ha efectuado el pago hasta la fecha de vencimiento correspondiente, no podrás acceder a la cobertura de salud.

¿Qué beneficios tienen los afiliados de una Microempresa? 
El SIS cubre las atenciones de las enfermedades comprendidas en el Plan Esencial de Aseguramiento es Salud – PEAS.
Puede conocer el detalle de su cobertura haciendo clik AQUI

¿Qué enfermedades no me cubre este tipo de seguro?

Exclusiones:

  1. Todos los diagnósticos y condiciones que no se encuentran en el PEAS (D.S. 016-2009-S.A.)
  2. Atenciones con financiamiento de otras fuentes como el SOAT, entre otras.
  3. Atenciones fuera del territorio nacional.
  4. Condiciones no detalladas en la lista de la cobertura.
  5. Procedimientos que no contribuya a la recuperación o rehabilitación del paciente, de naturaleza cosmética o estética.
  6. Intento de suicidio y/o lesiones autoinfligidas.
  7. Accidentes sufridos en estado de embriaguez o drogadicción.
  8. Exoprótesis y/o zapatos ortopédicos y prótesis no quirúrgicas, así como frenillos, aparatos auditivos, equipos mecánicos o electrónicos u otros.
  9. Lesiones o secuelas derivadas de accidentes de trabajo y accidentes de tránsito.
  10. Enfermedades profesionales y sus secuelas o complicaciones.
  11. Lesiones o secuelas derivadas de accidentes ocasionados por la práctica de deportes de alto riesgo.
  12. Trasplante de órganos y tejidos.
  13. Tratamiento por fertilización o esterilidad
  14. Tratamiento quirúrgico  por obesidad.
  15. Atenciones de inmunización (vacunación) no incluidas en el Programa Nacional de Inmunización del Ministerio de Salud (MINSA).
  16. Atenciones fuera del territorio nacional.

¿Dónde puedo plantear mis consultas, quejas o sugerencias sobre afiliación y la atención que se brinda en los centros de salud y la Oficinas del SIS a nivel nacional?
Si requiere plantear una consulta, reclamo o sugerencia puede comunicarse a:
•    Portal web: Consultas o Reclamos.
•    E-mail: sis@sis.gob.pe
•    Oficinas Desconcentradas del SIS (ODSIS)
•    Teléfono de Sede Central SIS: 4643105 / 4645324 / 5620755 – Anexos 2103-2110-2112-2115.
•    Sede Central SIS – Calle Intisuyo Nº 215,Urb Maranga, San Miguel (Alt. Metro de la Marina, espalda de Edelnor)
•    Horario de Atención:
•    Lunes a Viernes de 8:00 am.- 01:00 pm.
•    Lunes a Viernes 2:00 am.- 05:15 pm.

Fuente: sis.gob.pe

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