Reclamos y quejas deben atenderse en 15 días hábiles

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Desde el sábado 21 de mayo de este año, las empresas ya disponen de 15 días hábiles para atender los reclamos y quejas presentados por sus consumidores y darles respuesta. Además de atender los reclamos en el plazo señalado, deberán remitir al Indecopi la documentación correspondiente al Libro de Reclamaciones cuando este haya sido solicitado.

“Esta disposición establece la reducción de 30 días calendario a 15 días hábiles el plazo de atención de reclamos y quejas. Además, se precisa que los proveedores no contarán con la posibilidad de extender este período”, dijo el especialista en Derecho de Protección al Consumidor del estudio Arbe Abogados, Diego Torres Escalante.

Explicó que en caso de que las empresas no respondan a los reclamos o quejas hechos por los consumidores en plazo establecido, el Indecopi puede imponer una penalidad máxima de cinco UIT, equivalentes a 23,000 soles.

“El Código de Protección y Defensa del Consumidor califica como una infracción leve responder los reclamos y quejas fuera de plazo. Para determinar el monto exacto de la multa, se considera el tamaño de la organización: para las microempresas y personas naturales hasta 1 UIT; para las pequeñas empresas hasta 2.5 UIT; y para las medianas y grandes empresas hasta 5 UIT”, explicó el especialista de Arbe Abogados.

Penalidad

Las penalidades aumentan si la organización nunca responde a sus consumidores.

La multa máxima para las microempresas y personas naturales es de2.5 UIT; para las pequeñas empresas, 5 UIT; y para las medianas y grandes empresas, 10 UIT, dijo Torres.

Fuente: elperuano.pe

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