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Mypes inscritas acceden a beneficios

Esto último siempre y cuando cumplan los requisitos fijados por la norma, como exhibir domicilio ?scal, centro de operaciones y de producción en zonas geográ?cas andinas ubicadas a partir de los 2,500 metros sobre el nivel del mar. Además, que se dediquen a la piscicultura, acuicultura, procesamiento de carnes en general, plantaciones forestales con ?nes comerciales o industriales, producción láctea.

También la crianza y explotación de ?bra de camélidos sudamericanos y lana de bovinos, agroindustria, artesanía y textiles.

Así lo señaló el Tribunal Fiscal mediante jurisprudencia de observancia obligatoria dispuesta por la Res. Nº 08864-1-2017, que establece que lo señalado por el artículo 1 del DS N° 051-2010-EF, en cuanto de?ne como “unidades productivas” a las mypes inscritas en el Remype, no transgrede lo previsto en el artículo 2 de la Ley N° 29482, respecto a los sujetos comprendidos bajo los alcances de la referida norma.

fuente: elperuano.pe

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