Conoce los deberes que tienes como empleador

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Al desarrollar tu actividad empresarial, sea como persona natural con negocio o a través de una persona jurídica (empresa), al contar uno o más trabajadores, siendo así, deberás cumplir con tus obligaciones laborales y tributarias.

En ese sentido, y con la finalidad de organizar el correcto envío de la información de tus obligaciones laborales, así como para facilitar el cumplimiento de todas tus obligaciones sociales, laborales y tributarias, la SUNAT ha desarrollado el sistema de Planilla Electrónica.

La Planilla Electrónica es el documento electrónico donde se encuentra la información integral de los empleadores, trabajadores, pensionistas prestadores de servicios, personal en formación – modalidad formativa laboral y otros (practicantes), personal de terceros y derecho habientes.

Está compuesta por el Registro de Información laboral (T-Registro) y Planilla Mensual de Pagos (PLAME).

Tendrás el deber de llevar Planilla Electrónica si cumples con alguna de las siguientes condiciones:

  • Tienes a tu cargo uno (1) o más trabajadores.
  • Cuentas con uno (1) o más prestadores de servicios y/o personal de terceros
  • Contratas a un personal en formación – modalidad formativa laboral.
  • Cuentes con uno o más trabajadores que sean asegurados al Sistema Nacional de Pensiones.
  • Te encuentres obligado a efectuar alguna retención de cuarta o quinta categoría
  • Tengas a tu cargo uno o más artistas.
  • Hubieras contratado los servicios de una Entidad Prestadora de Salud (EPS) u otorgues servicios propios de salud.
  • Hubieras suscrito con el ESSALUD un contrato por Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR).
  • Goces de estabilidad jurídica y/o tributaria.

Es necesario precisar que no estarás obligado a llevar planilla electrónica si únicamente:

  • Empleas trabajadoras del hogar
  • Empleas trabajadores de construcción civil eventuales
  • Contratas prestadores de servicios que generen renta de cuarta categoría y no tienen la calidad de agentes de retención de cuarta categoría.

Consecuencias por omitir mis obligaciones laborales

Las consecuencias dependerán de la infracción o falta que se cometa, veamos algunas de ellas:

  • La SUNAFIL podrá imponerte multas que van desde S/ 473.00 hasta los S/ 96,750.00, dependiendo del tamaño de la empresa y número de trabajadores afectados.
  • Si no cumples con pagar los aportes retenidos a la AFP, además de los intereses que se devengarán, la AFP iniciará un proceso de cobranza administrativa para recuperar esos importes impagos.
  • La SUNAT podrá imponerte una multa si no cumples con pagar los aportes retenidos a la ONP. La sanción es el 50% del tributo no pagado.

También, puedes leer Aspectos importantes sobre los colaboradores de tu negocio

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