1.- DEFINICIÓN.
Es un registro auxiliar obligatorio para todas las empresas que tienen trabajadores en relación de dependencia, donde anotan las remuneraciones de todos los trabajadores. Los trabajadores que ingresan a trabajar deberán de ser registrados dentro de 72 horas.
2.- IMPORTANCIA:
Permite registrar los acontecimientos de los trabajadores que laboran en la empresa, para que el empleador calcule las remuneraciones de acuerdo a la eficiencia labora, de ese modo se podrá pagar sus remuneraciones a los trabajadores y las contribuciones al estado.
3.- AUTORIZACIÓN:
La planilla de remuneraciones debe ser autorizado por el Ministerio de Trabajo de Perú (MTPE).
4.- RAYADO DEL LIBRO DE PLANILLA:
No es uniforme, puede ser un rayado simple o complejo, depende de las necesidades de la empresa o el numero de trabajadores que labora en ella.
5.- ESTRUCTURA:
Se divide en dos partes:
Parte básica:
6.- EXISTEN DOS TIPOS DE LIBROS PLANILLAS:
- Planilla de sueldos: Es utilizada exclusivamente para empleados. Se denomina así a la remuneración en valores monetarios que periódicamente percibe el dependiente de una empresa por desarrollar normalmente por trabajo de carácter intelectual.
- Planilla de salarios: Es utilizada para registrar las remuneraciones de los obreros. Se denomina así a la remuneración en términos de unidades monetarias que periódicamente percibe el dependiente de una empresa por desarrollar normalmente por trabajo de carácter manual.
7.- INFORMACIÓN MÍNIMA DE LA PLANILLA DE REMUNERACIONES:
a.- Código del trabajador
b.- Nombres y apellidos de los trabajadores.
c.- Cargo.
d.- Fecha de ingreso.
e.- Remuneración mensual o diaria.
f.- Otras remuneraciones
g.- Total remuneración.
h.- Aportaciones del trabajador
i.- Aportaciones del empleador.
j.- Neto a pagar
k.- Recibí conforme.
- Remuneración bruta: Es el pago que corresponde al trabajador y a los cuales no se le a efectuado ningún descuento ni retención.
- Remuneración mínima vital: Es el monto mínimo remunerativo que debe de percibir un trabajador calificado. Estas son reguladas por el estado. En la actualidad la RMV es de S/. 850.00 los cuales están sujetos a descuentos y aportes.
- Asignación familiar: Es un beneficio que le corresponde a los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada, por hijos menores de edad a su cargo o hijos mayores de edad estudiando. Es equivale al pago mensual del 10%de la RMV vigente en la oportunidad de pago. Este monto corresponde al margen del numero de hijos que tenga el trabajador.
- Horas extra: Es el tiempo de trabajo realizado más alla de la jornada ordinaria o semanal y puede cumplirse antes de la hora de ingreso o después de la hora de salida. La hora extra se da en base al valor de la remuneración ordinaria
- Gratificaciones:Es el pago adicional obligatorio que da el empleador a sus trabajadores por fiestas patrias y navidad. Esta gratificación es equivalente a una remuneración mensual que perciba el trabajador.
- Remuneración vacacional: Es el derecho de vacaciones anualmente. Equivalente a la que el trabajador hubiera percibido habitual o regularmente en caso de continuar laborando.
DESCUENTOS DEL TRABAJADOR:
- Sistema privado del fondo de pensiones (AFP): Es un régimen administrado por entidades privadas denominadas Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) donde los aportes se registran en una cuenta individual.
- Sistema nacional de pensiones (ONP): El aporte al sistema nacional de pensiones es de cargo del trabajador. Sin embargo corresponde al empleador efectuar la retención, la declaración y el pago de los aportes retenidos.
APORTES DEL EMPLEADOR:
- Essalud: tiene como finalidad dar cobertura a los asegurados y a sus derechos habientes a través del otorgamiento de prestaciones de prevención, promoción, recuperación, rehabilitación, al régimen contributivo de la Seguridad Social en Salud.
- Senati: El seguro nacional de adiestramiento en trabajo industrial es una aportación creada por la ley n° 26272. Genera en favor de las empresas industriales aportantes al beneficio del dictado de carreras técnicas a su personal para un mejor desempeño.
- Sencico: Aportan al servicio de capacitación para la industria de la construcción, las personas naturales y jurídicas que contribuyan para si o para terceros dentro de las actividades comprendidas en la Gran divisionaria 45 de la CIIU de las naciones Unidas.
- CTS: La compensación por tiempo de servicios, es un deposito semestral que realiza el empleador y es considerada una bonificación social de gran importancia para el trabajador en caso de cese. Todo trabajador que figure en planilla y que trabaja como mínimo 4 horas diarias, posee el derecho de recibir por este concepto.
PROGRAMA DE ESPECIALIZACION ASISTENTE CONTABLE
Inicia: Sabado 27 de Abril
Horario: 8:30 p.m. – 10:30 p.m.
Frecuencia: Cada Sábado
Modalidad: Presencial y en Vivo