Registro Contable por Declarar fuera de Plazo la DJ Anual

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Caso

Por un error en sus registros y cambios en la información a declarar no pudieron presentarla en dicha fecha, sino el día 30 de marzo, 7 días después.

El Impuesto a la Renta 2017 pendiente de pago: S/ 25,500. Nos solicitan informar, ¿cuál sería el correcto tratamiento contable para esta situación?

Solución

Al no presentar la referida declaración dentro del plazo establecido, se incurre en la infracción tipificada en el numeral 1 del artículo 176 del Código Tributario que señalo aquí: “No presentar las declaraciones que contengan la determinación de la deuda tributaria dentro de los plazos establecidos”.

Al haber incurrido en esta infracción, la sanción pecuniaria (multa) impuesta por la Sunat es de 1 UIT.

Respecto del pago del Impuesto a la Renta 2017, se debe incluir los intereses moratorios que se han generado por pagar fuera del plazo establecido, efectuando el siguiente asiento:

Para reconocer el pago del IR por regularizar 2017, incluido los intereses, se efectúa el siguiente asiento:

Por el incumplimiento de no declarar en el plazo establecido por la Sunat, el asiento por la multa generada es el siguiente:

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