Proveedores de servicios electrónicos tienen plazo hasta setiembre para obtener ISO/IEC 27001

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Sunat dispuso ampliar el periodo que vencía el 30 de junio, para que estas compañías acrediten que brindan sus servicios con estándares internacionales de manejo seguro y confidencial de la información.

Para mayor seguridad de la información y continuar brindando prestación a sus clientes, las empresas proveedoras de servicios electrónicos (PSE), que dan a los contribuyentes el servicio de emisión de comprobantes de pago electrónico, tendrán plazo hasta el 30 de setiembre próximo para concluir el proceso de certificación con el ISO/IEC 27001.

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat), mediante Resolución de Superintendencia N° 077-2021/Sunat, dispuso ampliar el plazo que vencía el 30 de junio, para que estas compañías acrediten que brindan sus servicios con estándares internacionales de manejo seguro y confidencial de la información.

La ampliación alcanza a todas aquellas inscritas hasta el 30 de junio del presente año en el registro de Sunat, que hayan iniciado el proceso de certificación.

El requisito que deben cumplir estas empresas es presentar hasta el 1 de julio una declaración jurada por la mesa de partes virtual, indicando la fecha de inicio del proceso para la obtención de la certificación ISO/IEC-27001, así como los datos de la empresa con la cual están llevando a cabo dicho proceso.

A la fecha, alrededor del 48% de los inscritos en el Registro de PSE cuentan con la certificación ISO/IEC-27001, el 15% está llevando a cabo el proceso para obtenerla y un 37% aún no ha iniciado dicho proceso.

De esta manera, alrededor del 52% de los inscritos en el Registro podrían ser retirados de este de no obtener, al 1 de julio, la certificación ISO/IEC-27001, lo que obligaría a los contribuyentes que han contratado sus servicios para emitir comprobantes de pago electrónicos, a buscar otros proveedores.

De otro lado, la resolución aprobada también amplió el plazo para que las empresas que prestan servicios de telecomunicaciones puedan emitir los comprobantes electrónicos de Servicios Públicos en los casos de facturación indirecta.

Fuente: elcomercio.pe

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