NIIF 9: NUEVA VALORACIÓN DE INSTRUMENTOS FINANCIEROS

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La NIIF 9 Instrumentos financieros, que sustituirá a la actual NIC 39, será de aplicación a partir del 1 de enero de 2018. NIIF 9 es el resultado de un largo proyecto que se fue completando por fases que introduce diversas novedades, pero los cambios son muy significativos en 3 áreas:

  • Clasificación y valoración de instrumentos financieros
  • Deterioro de valor: Comentado en el artículo del Blog de Coordenadas “NIIF 9: Del modelo de pérdidas crediticias incurridas a las esperadas”
  • Contabilidad de coberturas

Se trata de una norma altamente compleja, cuya implementación presenta un desafío importante para cualquier entidad. Más que cualquier otra norma, la NIIF 9 es altamente exigente con respecto a modelos cuantitativos y la capacidad de procesar datos.

La aplicación de NIIF 9 tendrá un impacto más generalizado y significativo en bancos, aseguradoras y otras entidades financieras, pero es un reto especialmente importante para las entidades no financieras.

Con carácter general, la NIIF 9 se aplicará de forma retroactiva, aunque no se exige re-expresar los periodos comparativos.

En este artículo nos referimos a la novedad sobre la clasificación y valoración de instrumentos financieros.

¿En qué se basa dicha clasificación y valoración?

ACTIVOS FINANCIEROS

La NIIF 9 introduce un nuevo enfoque de clasificación, basado en dos conceptos: Las características de los flujos de efectivo contractuales de los activos y el modelo de negocio de la entidad.

La determinación de en qué medida los flujos de efectivo contractuales son solamente pagos de principal e intereses, será más complicado en la medida en que sea más “sofisticado” el instrumento.

El término modelo de negocio se refiere al modo en que se gestionan grupos de activos financieros para lograr un objetivo de negocio concreto. Es una cuestión que sebe ser observable a través de las actividades que lleva a cabo la entidad.

Parece que en las empresas no financieras esta evaluación puede ser relativamente sencilla, ya que comúnmente sus activos financieros se limitarán a cuentas por cobrar comerciales y depósitos bancarios que seguirán valorándose a coste amortizado. Por contra, las aseguradoras, bancos, fondos de inversión, etc, sí tendrán una labor compleja antes de la fecha de primera aplicación para entender el modelo de negocio.

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La NIIF 9 requiere que los activos financieros se clasifiquen en el momento de su registro inicial en 3 categorías de valoración:

  • coste amortizado,
  • valor razonable con cambios en otro resultado integral (patrimonio)
  • valor razonable con cambios en pérdidas y ganancias.

La clasificación dependerá del modo en que una entidad gestiona sus instrumentos financieros (su modelo de negocio) y la existencia o no de flujos de efectivo contractuales de los activos financieros específicamente definidos:

  1. Si el objetivo del modelo de negocio es mantener un activo financiero con el fin de cobrar flujos de efectivo contractuales y, según las condiciones del contrato, se reciben flujos de efectivo en fechas específicas que constituyen exclusivamente pagos del principal más intereses sobre dicho principal, el activo financiero se valorará al coste amortizado.
  2. Si el modelo de negocio tiene como objetivo tanto la obtención de flujos de efectivo contractuales como su venta y, según las condiciones del contrato, se reciben flujos de efectivo en fechas específicas que constituyen exclusivamente pagos del principal más intereses sobre dicho principal, los activos financieros se valorarán a su valor razonable con cambios en otro resultado integral (patrimonio). Los intereses, deterioro y diferencias de cambio se registran en resultados como en el modelo de coste amortizado. El resto de variaciones de valor razonable se registran en partidas de patrimonio y podrán reciclarse a pérdidas y ganancias en su venta.
  3. Fuera de estos escenarios, el resto de activos se valorarán a valor razonable con cambios en pérdidas y ganancias.

En NIIF 9 los activos financieros se reclasifican si, y solo si, el objetivo del modelo de negocio de una entidad sufre cambios significativos.

PASIVOS FINANCIEROS

La clasificación de pasivos se mantiene similar a la de la NIC 39: Se valorarán a coste amortizado, excepto aquellos pasivos financieros que se mantengan para negociar, que se valorarán a valor razonable con cambios en resultados.

No se permite la reclasificación de pasivos financieros.

Como conclusión, aunque el objetivo inicial con relación al proyecto de reforma de la contabilidad de instrumentos financieros era reducir la complejidad, la nueva norma continua siendo compleja, en parte porque mantiene un modelo mixto de valoración.

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