Implicaciones Baja de activos fijos aplicación de la NIC 16

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Hoy en día toda entidad que desarrolla actividades económicas necesariamente tiene como parte de su patrimonio bienes muebles o inmuebles (activos fijos) que son una de las principales fuentes generadoras de renta y, por qué no decirlo, una fuente de financiamiento.

Cabe precisar que dichos bienes sufren un desgaste físico por su propio uso durante el tiempo de su vida útil haciéndolos obsoletos o en su defecto se deterioran.Implicaciones Baja de activos fijos aplicación de la NIC 16

Al analizar estos hechos la entidad puede tomar dos posiciones si nos referimos, por ejemplo, a maquinarias, estas pueden ser mejoradas sustituyendo o reemplazando piezas o partes que incrementen su productividad y la vida útil o, por el contrario, la entidad puede tomar la decisión de adquirir una nueva máquina generando así la baja del bien que se tiene en desuso.

Tratamiento contable

La NIC 16 Propiedades Planta y Equipo nos precisa cuáles son las causas por las que un bien considerado como un activo fijo se dará de baja en libros.

El literal a) señala que “cuando se disponga de él”, la disposición estará vinculada a la transferencia del bien producto de la enajenación del mismo (venta) o mediante la transferencia gratuita, donación u otros.

El literal b) se refiere al desuso del bien como consecuencia de la no utilización. La empresa no generará beneficios económicos futuros.

  • La obsolescencia es la insuficiencia que tienen ciertos bienes para ser utilizados para los fines por los que fueron producidos o referido a lo anticuado o inadecuado respecto de las circunstancias actuales.

Debemos tener en cuenta que la NIC 16 señala que la pérdida y la ganancia que surgen al dar de baja un elemento de propiedades y equipo se reconocerán en el resultado del periodo cuando la partida sea dada de baja en cuentas.

De acuerdo al párrafo 69, la disposición de un elemento de propiedades y equipo puede llevarse a cabo de diversas formas, tales como la venta o por donación, para tal efecto el párrafo en mención establece que para determinar la fecha en que se ha dispuesto de una partida, se deben aplicar los criterios establecidos en la NIC 18 Ingresos de Actividades Ordinarias (párrafo 14 en el caso de venta de bienes).

Los ingresos de actividades ordinarias procedentes de la venta de bienes deben ser reconocidos y registrados en los estados financieros cuando se cumplen todas y cada una de las siguientes condiciones:

  1. a) la entidad ha transferido al comprador los riesgos y ventajas, de tipo significativo, derivados de la propiedad de los bienes.
  2. b) la entidad no conserva para sí ninguna implicación en la gestión corriente de los bienes vendidos, en el grado usualmente asociado con la propiedad, ni retiene el control efectivo sobre los mismos.
  3. c) el importe de los ingresos de actividades ordinarias puede medirse con fiabilidad; (d) es probable que la entidad reciba los beneficios económicos asociados con la transacción.
  4. e) los costos incurridos, o por incurrir, en relación con la transacción pueden ser medidos con fiabilidad.
  5. Implicaciones Baja de activos fijos aplicación de la NIC 16

A efectos de dar de baja en cuenta al activo fijo, se debe debitar la cuenta 39 Depreciación acumulada y acreditar la cuenta 33 Inmueble, maquinaria y equipo del activo que corresponda, y cualquier importe no depreciado del bien enajenado se reconocerá como gasto del periodo (en la cuenta 65).

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Implicaciones Baja de activos fijos aplicación de la NIC 16

A efectos de la pérdida o ganancia derivada de la baja en cuentas de un elemento de propiedades y equipo, se determinará como la diferencia entre el importe neto de la disposición y el importe en libros del elemento.
Además, debemos considerar que no toda transferencia de bien necesariamente generará una ganancia, también puede generar pérdidas para la entidad que dispone del bien.

En consecuencia, la disposición por venta producirá una pérdida o ganancia, la cual ilustraremos utilizando cuentas del Plan Contable General Empresarial.

DenominaciónCamioneta
Ingresos por ventas de activoCosto neto de enajenaciónPerdida o ganancia del ejercicioCuenta 756Cuenta 655XXX

Por otro lado, en el caso concreto de una donación, si bien se trata de una transacción en la que participan por lo menos dos partes: el donante y el beneficiario (donatario), es una operación no recíproca, toda vez que el beneficiario no entrega ninguna contraprestación por los bienes que recibe, constituyendo una liberalidad por parte del donante.

En efecto, según el Código Civil, la donación es el acto por el cual se realiza la transferencia gratuita de la propiedad de un bien.

Finalmente, este tipo de disposición generará el reconocimiento de una pérdida por el importe no depreciado del bien transferido que deberá reconocerse en la cuenta 6591, la cual para ser deducible a fines tributarios deberá cumplir, entre otros, los criterios señalados en el literal x) del artículo 37 de la Ley del Impuesto a la Renta y el literal s) del artículo 21 del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta.

Otro de los supuestos establecidos en el párrafo 67 de la NIC 16 está referido a la baja del bien cuando se espera que no generara beneficios económicos futuros ya sea por el propio uso del bien o mediante su disposición, por lo que no se da la transferencia del bien, quedando este en posesión de la entidad sin tener la necesidad de su uso debido a la obsolescencia o deterioro del mismo.

La obsolescencia o el deterioro pueden darse en cualquier momento dentro del tiempo de vida útil del activo, pudiendo la empresa optar por darle de baja o en su defecto mantenerlo dentro de la empresa, en este último supuesto si el bien se encuentra totalmente depreciado y decide mantenerlo le representara a la entidad salida de efectivo por los gastos de almacenaje.

Tratamiento tributario

Impuesto a la renta

En concordancia con el impuesto a la renta se encuentran gravadas las rentas de capital.

Entendiéndose como ganancias de capital cualquier ingreso que provenga de la enajenación de bienes de capital (aquellos que no están destinados a ser comercializados en el ámbito de un giro de negocio de empresa)

Base legal: artículo 1 de la Ley del Impuesto a la Renta

Otro aspecto tener en cuenta para fines de esta norma, en el caso de activos totalmente depreciados, es que estos no genera ninguna pérdida, por el contrario aquellos bienes que aún no han cumplido con su total depreciación y que se encuentren obsoletos la entidad podrá seguir depreciándose hasta extinguir su costo o darle de baja por el valor que falte depreciar.

Fuente: finanzasniff.com

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