Aprueban Tabla de Aranceles de Costas y Gastos procesales de los procedimientos de ejecución coactiva seguidos por la SUNAFIL

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RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 147-2015-SUNAFIL

El Informe Técnico de procedimientos y costeo para la aprobación de los aranceles de costas y gastos aplicables en los procedimientos de ejecución coactiva seguidos por la Sunafil, suscrito por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, Oficina General de Administración e Intendencia de Lima Metropolitana y el Informe Nº 343-2015-SUNAFIL-SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 29981, se crea la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – Sunafil, responsable de promover, supervisar y fiscalizar el cumplimiento del ordenamiento jurídico sociolaboral y el de seguridad y salud en el trabajo, así como brindar asesoría técnica, realizar investigaciones y proponer la emisión de normas sobre dichas materias;

Que, el artículo 6º de la aludida Ley, señala que la Sunafil cuenta con competencia en el ámbito nacional para efectuar procedimientos de ejecución coactiva respecto de las sanciones pecuniarias impuestas en el marco de sus competencias y de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, normas modificatorias y complementarias;

Que, de acuerdo con el numeral 9.1 del artículo 9º del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado por el Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS se considera obligación exigible coactivamente a la establecida mediante acto administrativo emitido conforme a ley, debidamente notificado y que no haya sido objeto de recurso impugnatorio alguno en la vía administrativa, dentro de los plazos de ley o en el que hubiere recaído resolución firme confirmando la obligación. También serán exigibles en el mismo procedimiento las costas y gastos en que la Entidad hubiere incurrido durante la tramitación de dicho procedimiento;

Que, en la Primera Disposición Complementaria y Transitoria del precitado TUO se establece que el Ministerio de Economía y Finanzas deberá, mediante decreto supremo, aprobar en un plazo no mayor de sesenta (60) días, los topes máximos de aranceles de gastos y costas procesales de los procedimientos coactivos, que serán de obligatoria aplicación del Gobierno Nacional y de los Gobiernos Regionales y Locales;

Que, si bien no se ha expedido el Decreto Supremo sobre los topes máximos, ello no implica que la Sunafil no pueda fijar los gastos y costas procesales a aplicarse en la Entidad, la cual podría posteriormente adecuarse a los topes máximos de dictarse la respectiva norma, en el caso que corresponda y en el supuesto que se superen los topes;

Que, de acuerdo a los informes de vistos, resulta viable la aprobación de la Tabla de Aranceles de Costas y Gastos procesales de los procedimientos de ejecución coactiva seguidos por la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – Sunafil, la misma que tenga por objeto liquidar las costas y gastos en dicho procedimiento;

Con el visado de la Secretaría General, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, la Oficina General de Administración, la Intendencia de Lima Metropolitana y con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo establecido en el inciso c) del artículo 12º de la Ley Nº 29981, Ley que crea la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – Sunafil, y de acuerdo a lo dispuesto en el inciso c) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones de Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – Sunafil, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2013-TR y modificado mediante Decreto Supremo Nº 009-2013-TR;

SE RESUELVE:

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Artículo 1º.- APROBAR la Tabla de Aranceles de Costas y Gastos procesales de los procedimientos de ejecución coactiva seguidos por la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – Sunafil, la misma que en anexo forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2º.- DISPONER la publicación de la presente resolución y de la Tabla de Aranceles en el Diario Oficial El Peruano y en el portal web de la entidad (www.sunafil.gob.pe).

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