La falta de presentación dentro de los plazos establecidos del Formulario Virtual N° 1648 no constituye un impedimento para que se realice la compensación del Saldo a Favor Materia del Beneficio contra las cuotas del Impuesto Temporal a los Activos Netos – ITAN.

INFORME N.° 108-2010-SUNAT/2B0000

Alan Emilio Matos Barzola