Tulio Rosemburj (Precios de Transferencia. Los Acuerdos de Costes. Instituto de Estudios Fiscales. Universidad de Barcelona 2008) sostiene que el Precio de Transferencia no es una patologÃa, sino un medio normal de distribución de costes en el conjunto vinculado, por lo que, en su tráfico ordinario resulta susceptible de valoración y contraste con la réplica del mercado.
Consideramos que es necesario que los profesionales tienen el deber de conocer estas disposiciones que facilitarán una mejor estructura de las operaciones intergrupo o sector en la cual un entidad tenga influencia dominante o tenga vÃnculos contractuales y similares.
En nuestro paÃs, los contribuyentes deberán presentar anualmente una declaración jurada informativa de las transacciones que realicen con partes vinculadas o con sujetos residentes en territorios o paÃses de baja o nula imposición, en la forma, plazo y condiciones que establezca SUNAT.Â
En concordancia a esta obligación los contribuyentes domiciliados en el paÃs deberán presentar dicha declaración observando lo siguiente:Â
- En el caso de sus operaciones con partes vinculadas se cumplan el siguiente supuesto: El monto de operaciones supere los doscientos mil nuevos soles (S/. 200,000.00).
- En el caso de operaciones con paises de baja o nula imposición tributaria: Hubieran realizado al menos una transacción desde, hacia o a través de paÃses o territorios de baja o nula imposición
Mediante Resolución de Superintendencia Nº 200-2010-SUNAT se establece el cronograma para la presentación del PDT 3560 correspondiente al ejercicio 2009 (vencimiento de obligaciones mensuales del mes de julio 2010).
| Periodo Tributario |
0 |
1 |
2 |
3 |
4 |
5 |
| Julio |
10-ago |
11-ago |
12-ago |
13-ago |
16-ago |
17-ago |
| Â |
 |
| Periodo Tributario |
6 |
7 |
8 |
9 |
 |
| Julio |
18-ago |
19-ago |
20-ago |
23-ago |
 |
| Â |
| Â |
Buenos contribuyentes y UESP |
| Periodo Tributario |
0,1,2,3 y 4 |
5,6,7,8 y 9 |
| Julio |
25-ago |
24-ago |
Esta nueva resolución aprueba que para las declaraciones de los ejercicios siguientes el cronograma de vencimiento será en el periodo mayo del 2011, 2012 y asà sucesivamente.
Principio “arm´s lengthâ€. La doctrina internacional fundamenta que este principio es aquel que permite reconocer el precio real de las operaciones empresariales a través de la libre competencia entre partes no relacionadas (no vinculadas).
Para establecer los comparables surge la interrogante relacionada a identificar las “entidades similares“, por lo que consideramos citar los criterios desarrollados por el Tribunal Fiscal en reciente jurisprudencia emanada de las RTF Nº 03806-1-2009 y Nº 00596-4-2008 respecto a que si bien las normas del Impuesto a la Renta no indican las caracterÃsticas que deben cumplir las empresas a fin de ser consideradas como “similares†a otras, resulta evidente que para tal fin deben aplicarse criterios razonables que permitan determinar tal situación, entre otros, el giro del negocio, volúmenes de ventas, patrimonio, ubicación geográfica, sector de comercialización (minorista, mayorista y/o distribuidor).