La suma correspondiente a la Asignación Extraordinaria por Trabajo Asistencial (AETA), a que se refiere el Decreto de Urgencia N° 032-2002, califica como renta de quinta categoría afecta al Impuesto a la Renta, por lo que la misma se considerará para el cálculo de la retención que por concepto de dicho Impuesto debe efectuarse conforme a lo establecido en el artículo 75° del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley del Impuesto a la Renta.

Dicho criterio se encuentra plasmado en el Informe N° 204-2009-SUNAT/2B0000, según el cual de conformidad con el inciso a) del artículo 34° del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta, todo ingreso obtenido por el trabajador con ocasión del vínculo laboral que mantiene con su empleador estará afecto al Impuesto a la Renta de quinta categoría, siendo irrelevante si dicho ingreso tiene o no carácter remunerativo, la denominación que se le haya otorgado (tales como, asignaciones por productividad, incentivos u otros) o la entidad obligada a abonarlo.

http://www.sunat.gob.pe/legislacion/oficios/2010/informe-oficios/o530-2010.pdf

Alan Emilio

SUNAT emite el Informe 134-2010-SUNAT en el cual resalta la aplicación de la Cuadragésima Octava (48ª) Disposición Transitoria y Final del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta:

En el supuesto que la empresa ha entregado a sus trabajadores la participación en las utilidades dentro del plazo de vencimiento de la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta, pero, con posterioridad a ello, presenta una declaración rectificatoria determinando una mayor renta neta que, a su vez, implica una mayor participación legal en las utilidades a favor de los trabajadores, esta mayor participación constituye gasto deducible para la determinación de la renta neta de tercera categoría del ejercicio en que sea pagada.

http://www.sunat.gob.pe/legislacion/oficios/2010/informe-oficios/i134-2010.pdf

Alan Emilio

 El Programa tiene como objetivo brindar al practicante la oportunidad para aplicar y consolidar los conocimientos y habilidades adquiridos durante su formación profesional, en una situación real de trabajo.

Requerimos estudiantes que cumplan con el siguiente perfil:

Practicante Profesional:

  • Egresados y bachilleres universitarios, de las especialidades de Derecho, Contabilidad, Administración, Economía, Ingeniería Industrial, Ciencias de la Comunicación y afines.
  • No contar con título profesional o técnico.
  • No haber realizado prácticas profesionales en otra institución del Estado.
  • Disponibilidad para realizar prácticas durante 40 horas semanales.

Beneficios:

·          Todos los participantes del Programa recibirán una subvención económica mensual de S/.950.00.

·          Todos los participantes del Programa contarán con seguro médico privado gratuito.

Inscripciones:

Los interesados que reúnan los requisitos anteriormente mencionados, deberán inscribirse presentando su Ficha en la Intendencia de Aduana de Ilo por Mesa de Trámite Documentario hasta el Lunes 27/09/2010, sito en Av. VENECIA S/N. ILO.

La Entrevista Personal se llevará a cabo el día Martes 28/09/2010 en horario de 08:30 a.m., en la dirección antes indicada.

Posteriormente y de acuerdo a las necesidades de la institución, los postulantes serán contactados directamente en el N° telefónico y/o dirección e-mail  declarado(s) para participar en los procesos de selección.

Aviso Importante:

El postulante elegido en el perfile indicado, después del proceso de selección correspondiente, deberá tramitar los siguientes documentos, previo a su incorporación a la Institución:

      Carta de presentación emitida por el centro de estudios, certificado médico y copia del DNI.

·     Nota: El Certificado Médico deberá ser emitido por el MINSA (Hospital/ Centro de Salud/Posta), no se aceptará de Clínica o médico particular.

INTENDENCIA DE ADUANA DE ILO

El Tribunal Constitucional mediante sentencia de fecha 08 de setiembre del 2010, considera que el corte de los servicios de energía eléctrica y agua no es un medio constitucionalmente válido para obligar a la recurrente a desalojar el inmueble donde habita; por el contrario constituye un acto que vulnera la dignidad de la recurrente, razón por la cual dicho acto debe ser repudiado y rechazado en esta sede constitucional. Y es que la ponderación, limitación y/o intromisión a los derechos fundamentales de las personas no puede caer en manos de particulares, sino que necesariamente debe ser efectuada o autorizada por autoridad estatal, quien en dicha tarea se encargará de privilegiar la protección de intereses públicos relevantes.

En razón de ello, en el caso de autos, el mecanismo constitucionalmente válido para proceder al desalojo de la recurrente no es precisamente el corte de los servicios de energía eléctrica y agua, sino el acudir al proceso judicial correspondiente en donde por seguro se respetarán los derechos fundamentales de la persona y la dignidad humana; proceso al que ya ha acudido válidamente la empresa (fojas 171 del cuaderno único) Mientras tanto, el actuar de la empresa no puede ser permitido ni tolerado por los postulados del Estado Constitucional de Derecho toda vez que vulnera la dignidad de la recurrente, razón por la cual la demanda debe ser estimada, ordenándose a la empresa la inmediata reposición de los servicios de energía eléctrica y agua potable.

El texto de la sentencia puede ser descargado en el siguiente enlace:

http://www.tc.gob.pe/jurisprudencia/2010/03668-2009-AA.html

Alan Emilio

Mediante Exp 00002-2010-PI/TC, el Tribunal Constitucional señala que los Contratos CAS constiuyen un régimen especial de contratación laboral para el sector público y tienen derecho a sindicación y huelga. Entre otros aspectos considera:

- A partir de la presente sentencia, el artículo 1º del Decreto Legislativo Nº 1057 (CAS) debe ser interpretado de modo que toda actividad interpretativa hecha respecto del denominado “contrato administrativo de serviciosâ€, deba entenderse que dicho contrato es propiamente un régimen “especial†de contratación laboral para el sector público, el mismo que como ya se ha expuesto, resulta compatible con el marco constitucional.

- El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo debe dictar, en un plazo no mayor de 30 días, la reglamentación necesaria que permita a los trabajadores sujetos al régimen laboral regulado por el Decreto Legislativo N.º 1057, el ejercicio del derecho de sindicación y huelga regulado en el artículo 28º de la Constitución.

http://www.tc.gob.pe/jurisprudencia/2010/00002-2010-AI.html

Alan Emilio    

APOYO EN LA RESOLUCIÓN DE RECLAMOS LIMA Y UNIDADES DESCONCENTRADAS A NIVEL NACIONAL
CONVOCATORIA

La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria – SUNAT, está interesada en contar con personal para prestar apoyo temporal en la atención de expedientes de reclamos, en las siguientes dependencias:

â– Intendencia Regional Lima
â– Intendencia Regional Lambayeque
â– Intendencia Regional Piura
â– Intendencia Regional Ica
â– Intendencia Regional Loreto
■Intendencia Regional Junín
â– Oficina Zonal Ucayali
â– Oficina Zonal Huacho
Las personas que deseen participar del presente proceso de selección, deben cumplir con el siguiente perfil:

REQUISITOS ESPECÃFICOS

â– Titulado, bachiller o egresado universitario de las especialidades de Contabilidad o Derecho.
■Experiencia laboral mínima de 6 meses.
Competencias
■Comportamiento ético.
â– Proactividad.
â– Trabajo en equipo.
■Orientación a resultados
REQUISITOS GENERALES
â– No tener impedimento para laborar en entidad del Estado Peruano.
â– No tener antecedentes penales, judiciales, ni policiales.
■Contar con disponibilidad a tiempo completo y en turnos rotativos (éste último requisito sólo para postulantes para la Intendencia Regional Lima).
â– No estar laborando en la SUNAT.

INSCRIPCIONES
Los postulantes que reúnan la totalidad de los requisitos anteriormente mencionados, deben inscribirse a través de la página WEB en Oportunidades Labores e ingresar al link: http://www.sunat.gob.pe/ol-ti-itfichaseleccion/bienvenida.jsp , del 13 al 16 de Setiembre de 2010. (verificar el nombre de la convocatoria en la cual se está inscribiendo)

La relación de personas aptas para participar de la siguiente etapa, será publicada el día 17 de Setiembre de 2010, en la página web de la Institución: www.sunat.gob.pe / Oportunidades Laborales / Convocatorias Vigentes / Apoyo técnico profesional / Reclamos.

Lima, 13 de Setiembre de 2010

INTENDENCIA NACIONAL DE RECURSOS HUMANOS

Alan Emilio
Te pasamos la voz, avisa a toda tu gente
APOYO EN CONTROL DE LA DEUDA LIMA Y UNIDADES DESCONCENTRADAS A NIVEL NACIONAL
CONVOCATORIA

La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria – SUNAT, está interesada en contar con personal para prestar apoyo temporal en la depuración de stock y evaluación de expedientes en Control de la Deuda, en las siguientes dependencias:

â– Intendencia Regional Lima
â– Intendencia Regional Lambayeque
â– Intendencia Regional Piura
â– Intendencia Regional Cusco
â– Intendencia Regional Ica
â– Intendencia Regional Loreto
■Intendencia Regional Junín
â– Oficina Zonal Chimbote
â– Oficina Zonal Ucayali
â– Oficina Zonal Huacho
■Oficina Zonal Huánuco
â– Oficina Zonal Juliaca
■Oficina Zonal Cañete
Las personas que deseen participar del presente proceso de selección, deben cumplir con el siguiente perfil:

REQUISITOS ESPECÃFICOS

■Titulado, bachiller o egresado universitario de las especialidades de Administración de Empresas, Administración y Finanzas, Negocios Internacionales, Economía, Contabilidad, Derecho e Ingeniería Industrial o Sistemas.
■Conocimiento de Microsoft Office (procesador de texto, hoja de cálculo y herramientas de presentación) a nivel intermedio.
■Conocimiento básico en base de datos tales como Fox y Access.
Competencias
■Comportamiento ético.
â– Compromiso.
â– Trabajo en equipo.
■Orientación a resultados.
REQUISITOS GENERALES
â– No tener impedimento para laborar en entidad del Estado Peruano.
■Contar con disponibilidad a tiempo completo y en turnos rotativos (éste último requisito sólo para postulantes para la Intendencia Regional Lima).
â– No tener antecedentes penales, judiciales, ni policiales.
â– No estar laborando en la SUNAT.

INSCRIPCIONES
Los postulantes que reúnan la totalidad de los requisitos anteriormente mencionados, deben inscribirse a través de la página WEB en Oportunidades Labores e ingresar al botón http://www.sunat.gob.pe/ol-ti-itfichaseleccion/bienvenida.jsp , del 13 al 16 de Setiembre de 2010. (verificar el nombre de la convocatoria en la cual se está inscribiendo)

La relación de personas aptas para participar de la siguiente etapa, será publicada el día 17 de Setiembre de 2010, en la página web de la Institución: www.sunat.gob.pe / Oportunidades Laborales / Convocatorias Vigentes / Apoyo Técnico Profesional / Control de Deuda.

Lima, 13 de Setiembre de 2010

INTENDENCIA NACIONAL DE RECURSOS HUMANOS

Alan Emilio Alyaws with yours
APOYO EN COBRANZA COACTIVA LIMA Y UNIDADES DESCONCENTRADAS A NIVEL NACIONAL
CONVOCATORIA

La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria – SUNAT, está interesada en contar con personal para prestar apoyo temporal en la evaluación y resolución de expedientes en Cobranza, en las siguientes dependencias:

â– Intendencia Regional Lima
â– Intendencia Regional La Libertad
â– Intendencia Regional Lambayeque
â– Intendencia Regional Cusco
â– Intendencia Regional Ica
â– Intendencia Regional Loreto
■Intendencia Regional Junín
â– Oficina Zonal Chimbote
â– Oficina Zonal Ucayali
â– Oficina Zonal Cajamarca
â– Oficina Zonal Huacho
■Oficina Zonal San Martín
â– Oficina Zonal Juliaca
■Oficina Zonal Cañete
â– Oficina Zonal Tumbes
Las personas que deseen participar del presente proceso de selección, deben cumplir con el siguiente perfil:

REQUISITOS ESPECÃFICOS

■Titulado, bachiller o egresado universitario de las especialidades de Administración de Empresas, Administración y Finanzas, Negocios Internacionales, Economía, Contabilidad o Derecho.
■Conocimiento de Microsoft Office (procesador de texto, hoja de cálculo y herramientas de presentación) a nivel intermedio.
■Conocimiento básico en base de datos tales como Fox y Access.
Competencias
■Comportamiento ético.
â– Compromiso.
â– Trabajo en equipo.
■Orientación a resultados.
REQUISITOS GENERALES
â– No tener impedimento para laborar en entidad del Estado Peruano.
â– Disponibilidad a tiempo completo.
â– No tener antecedentes penales, judiciales, ni policiales.
â– No estar laborando en la SUNAT.
 

INSCRIPCIONES
Los postulantes que reúnan la totalidad de los requisitos anteriormente mencionados, deben inscribirse a través de nuestra página WEB en Oportunidades Labores e ingresar al botón http://www.sunat.gob.pe/ol-ti-itfichaseleccion/bienvenida.jsp , del 13 al 16 de Setiembre de 2010. (verificar el nombre de la convocatoria en la cual se está inscribiendo)

La relación de personas aptas para participar de la siguiente etapa, será publicada el día 17 de Setiembre de 2010, en la página web de la Institución: www.sunat.gob.pe / Oportunidades Laborales / Convocatorias Vigentes / Apoyo técnico Profesional / Cobranza

Lima, 13 de Setiembre de 2010

INTENDENCIA NACIONAL DE RECURSOS HUMANOS

Alan Emilio

Normas Internacionales de Interpretaciones – CINIIF

NIIF
 N°
TITULO VERSIÓN RESOLUCIÓN DE CNC N VIGENCIA A PARTIR DE
1 Cambios en pasivos existentes por retiro del servicio, restauración y similares ORIGINAL 044-2010-EF/94 1 de enero de 2011
2 Aportaciones de socios de entidades cooperativas e instrumentos similares ORIGINAL 044-2010-EF/94 1 de enero de 2011
4 Determinación de si un acuerdo contiene un arrendamiento ORIGINAL 044-2010-EF/94 1 de enero de 2011
5 Derechos por la participación en fondos para el retiro del servicio, la restauración y la rehabilitación medioambiental ORIGINAL 044-2010-EF/94 1 de enero de 2011
6 Obligaciones surgidas de la participación en mercados específicos—residuos de aparatos eléctricos y electrónicos ORIGINAL 044-2010-EF/94 1 de enero de 2011
7 Aplicación del procedimiento de reexpresión según la NIC 29 información financiera en economías hiperinflacionarias ORIGINAL 044-2010-EF/94 1 de enero de 2011
8 Alcance de la NIIF 2 ORIGINAL 044-2010-EF/94 1 de enero de 2011
9 Nueva evaluación de derivados implícitos ORIGINAL 044-2010-EF/94 1 de enero de 2011
10 Información financiera intermedia y deterioro del valor ORIGINAL 044-2010-EF/94 1 de enero de 2011
11 NIIF 2-transacciones con acciones propias y del grupo ORIGINAL 044-2010-EF/94 1 de enero de 2011
12 Acuerdos de concesión de servicios ORIGINAL 044-2010-EF/94 1 de enero de 2011
13 Programas de fidelización de clientes ORIGINAL 044-2010-EF/94 1 de enero de 2011
14 NIC 19—el límite de un activo por beneficios definidos, obligación de mantener un nivel mínimo de financiación y su interacción ORIGINAL 044-2010-EF/94 1 de enero de 2011
15 Acuerdos por construcción de inmuebles ORIGINAL 044-2010-EF/94 1 de enero de 2011
16 Coberturas de una inversión neta en un negocio en el extranjero ORIGINAL 044-2010-EF/94 1 de enero de 2011
17 Distribuciones a los propietarios de activos distintos al efectivo ORIGINAL 044-2010-EF/94 1 de enero de 2011
19 Cancelación de pasivos financieros con instrumentos de patrimonio ORIGINAL 044-2010-EF/94 1 de enero de 2011

Alan Emilio, always  with yours

Normas Internacionales de Información Financiera – NIIF

NIIF
 N°
TITULO VERSIÓN RESOLUCIÓN DE CNC N VIGENCIA A PARTIR DE
  Modificaciones a la NIIF – Mayo 2010 ORIGINAL 044-2010-EF/94 1 de enero de 2011
1 Adopción por primera vez de las Normas Internacionales de Información Financiera ORIGINAL 044-2010-EF/94 1 de enero de 2011
2 Pagos basado en acciones ORIGINAL 044-2010-EF/94 1 de enero de 2011
3 Combinaciones de negocios ORIGINAL 044-2010-EF/94 1 de enero de 2011
4 Contratos de seguros ORIGINAL 044-2010-EF/94 1 de enero de 2011
5 Activos no corrientes mantenidos para la venta y actividades interrumpidas ORIGINAL 044-2010-EF/94 1 de enero de 2011
6 Exploración y evaluación de recursos minerales ORIGINAL 044-2010-EF/94 1 de enero de 2011
7 Instrumentos Financieros: Información a Revelar ORIGINAL 044-2010-EF/94 1 de enero de 2011
8 Segmentos de Operación ORIGINAL 044-2010-EF/94 1 de enero de 2011

Alan Emilio