Archivo para el mes de Marzo, 2010

 

Analista Programador y Operador Intendencia Nacional de Sistemas de Información
La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria convoca a proceso de selección para cubrir los perfiles que a continuación se detallan en la ciudad de Lima, mediante la Contratación Administrativa de Servicios (CAS).

Antes de inscribirse para participar en un proceso de selección, deben verificar que cumplen todos los requisitos establecidos en el aviso de convocatoria. 

REQUISITOS GENERALES 

  • No debe encontrarse inhabilitado administrativamente ni jurídicamente para contratar con el Estado, acreditado mediante Declaración Jurada.
  • No debe tener inhabilitación vigente para prestar servicios al Estado conforme al Registro Nacional de Destitución y Despido, acreditado mediante Declaración Jurada.
  • No tener impedimento para ser postor o contratista, de acuerdo a lo previsto por las disposiciones legales y reglamentarias sobre la materia.
  • No debe percibir otros ingresos del Estado. De percibir otro ingreso del Estado distinto a la actividad docente por ser miembro únicamente de un órgano colegiado y resulta ganador del proceso de selección, se deberá obligar a dejar de percibir dichos ingresos durante el periodo de contratación administrativa de servicio, acreditado mediante Declaración Jurada.
  • No debe tener antecedentes policiales, penales ni judiciales.
  • No ser cónyuge o pariente hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, con los funcionarios que gozan de la facultad de nombramiento y contratación de personal, o que tengan injerencia directa o indirecta en el proceso de selección, acreditado mediante Declaración Jurada. 

REQUISITOS ESPECÃFICOS

Para revisar los requisitos exigidos por cada perfil, deberá DAR CLICK sobre el código de la plaza de su interés: 

  1. ANALISTA HELP DESK (Código: CAS/ANHD) 
  2. ANALISTA DE LA INFRAESTRUCTURA TECNOLOGICA (Código: CAS/ANIT) 
  3. OPERADOR DE LA INFRAESTRUCTURA TECNOLOGICA (Código: CAS/OPIT) 
  4. PROGRAMADOR DE SISTEMAS (Código: CAS/PROG) 
  5. ANALISTA DE PRUEBAS (Código: CAS/ANPRUE) 
  6. ANALISTA DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN ADUANEROS (Código: CAS/ANSISTAD)
  7. ANALISTA DE GESTION DE INCIDENTES (Código: CAS/ANGI)  

COMPETENCIAS: 

  • Comportamiento ético
  • Proactividad
  • Trabajo en Equipo
  • Vocación de servicio. 

INSCRIPCIONES 

Los interesados que reúnan los requisitos anteriormente mencionados, deberán inscribirse AQUI, del 18 al 21 de Marzo de 2010. 

Adicionalmente, las personas que se inscriban deberán presentar su Currículum Vitae documentado (que acredite el cumplimiento de requisitos[1]) y los Formatos 1, 2, 3 y 4 (adjuntos a esta publicación), los días 18, 19, 22 y 23 de Marzo de 2010, en Av. Garcilaso de La Vega N° 1472 (Mesa de Partes), entre las 09:00 y las 16:00 horas.  

De no presentar ésta documentación en el plazo señalado para la evaluación curricular correspondiente, no será posible considerar la postulación.  

La relación de personas aptas para participar de la siguiente etapa, será publicada en esta mismo medio el día 26 de Marzo de 2010.  

Lima,  11 de Marzo de 2010

Intendencia Nacional de Recursos Humanos 


[1] La acreditación implica la presentación de copia de los documentos sustentatorios.

Cumplimos con reproducir los enlaces puestos a disposición de los contribuyentes en el portal Web de la Administración Tributaria, a fin de inducir a todos nuestros amigos a cumplir con sus obligaciones en forma oportuna, ya que de esta manera contribuimos con el desarrollo del país.

OBLIGADOS A PRESENTAR LA DECLARACION DE RENTA ANUAL 2009
http://www2.sunat.gob.pe/pdt/pdtModulos/independientes/renta2009/obligados.htm 

 
 
FACILIDADES PARA LA PRESENTACIÓN: EL ARCHIVO PERSONALIZADO
http://www2.sunat.gob.pe/pdt/pdtModulos/independientes/renta2009/facilidades.htm 
 
CANALES DE PRESENTACIÓN

Alan Emilio Matos Barzola

Lima, veinte de enero del dos mil nueve.-
LA SALA DE DERECHO CONSTITUCIONAL Y SOCIAL PERMANENTE DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPUBLICA:
VISTOS; con los acompañados, vista la causa llevada a cabo en la fecha con los Vocales Supremos Mendoza Ramírez, Acevedo Mena, Ferreira Vildozola, Vinatea Medina y Morales Gonzáles; de conformidad con el dictamen fiscal, se emite la siguiente sentencia:
1.- MATERIA DEL RECURSO:
Se trata del recurso de casación interpuesto a fojas doscientos veinticuatro por la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria – SUNAT contra la sentencia de vista de fojas doscientos dieciséis, emitida por la Sala Civil Permanente de la Corte Suprema el dieciocho de junio del dos mil ocho que, confirmando la apelada de fojas ciento sesenta y cinco del diecinueve de enero del dos mil siete, declara infundada la demanda de impugnación de resolución administrativa. Leer el resto de esta entrada…

Por: Shirley Silva  – Contadora     SHIDLEY

RTF: 2890-3-2009

INSPECCION POR EL AUDITOR FISCAL SIN ACOMPAÑAMIENTO
Siendo que únicamente en el caso que los locales estuvieren cerrados o se tratara de domicilios particulares, será necesario solicitar autorización judicial, situación que no se verifica en el caso de autos, por lo que no resulta relevante lo alegado por la recurrente.
RTF: 1616-3-2009

INFRACCION CONSISTENTE EN LLEVAR CON ATRASO LOS LIBROS
La comisión de la infracción consistente en llevar con atraso los libros y registros exigidos, se configura cuando la Administración la detecta al revisarlos. Leer el resto de esta entrada…

Cronograma DAOT 2009

Mediante Resolución de Superintendencia Nº 114-2010/SUNAT, publicada el 15 de abril del 2010, se aprueba el cronograma de vencimiento para la presentación de la Declaración Anual de Operaciones con Terceros (DAOT) correspondiente al ejercicio 2009.

-    Para efecto de la presentación de la DAOT, se mantiene el monto referencial mínimo de las ventas internas y adquisiciones de bienes, servicios o contratos de construcción, el cual debe ser superior a S/. 240,000.00. Se consigna por primera vez las casillas a tener en cuenta para dicho cálculo, tratándose del Formulario Virtual N.° 621 Simplificado – IGV Renta Mensual

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- CRONOGRAMA DE VENCIMIENTO

Apruébase el cronograma de vencimiento para la presentación de la Declaración Anual de Operaciones con Terceros o la “Constancia de no tener información a declararâ€, correspondiente al ejercicio 2009, de acuerdo a las fechas señaladas a continuación:

Último dígito del número del Registro Único de Contribuyentes   Vencimiento
3 27.04.2010
4 28.04.2010
5 29.04.2010
6 30.04.2010
7 03.05.2010
8 04.05.2010
9 05.05.2010
0 06.05.2010
1 07.05.2010
2 10.05.2010
Buenos Contribuyentes  11.05.2010

Artículo 2°.- DECLARACIÓN CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2009

Los sujetos comprendidos en el inciso b) del numeral 3.1 del artículo 3° del Reglamento para la presentación de la Declaración Anual de Operaciones con Terceros, están obligados a presentar la DAOT correspondiente al ejercicio 2009 siempre que en dicho Ejercicio cumplan con cualquiera de las siguientes condiciones:

  1. El monto de sus ventas internas haya sido superior a S/. 240,000.00 (doscientos cuarenta mil y 00/100 Nuevos Soles).

Para tal efecto se sumarán los montos que deben ser consignados en las casillas N.os 100, 105, 109, 112 y 160 del PDT IGV Renta Mensual – Formulario Virtual N.° 621, en la casilla N.° 100 del Formulario Virtual N.° 621 Simplificado IGV – Renta Mensual, en la casilla N.° 100 del Formulario N.° 119 – Régimen General y, de ser el caso, en las casillas N.os 100 y 105 del Formulario N.° 118 – Régimen Especial de Renta.

  1. El monto de sus adquisiciones de bienes, servicios o contratos de construcción, haya sido superior a S/. 240,000.00 (doscientos cuarenta mil y 00/100 Nuevos Soles).

Para tal efecto se sumarán los montos que deben ser consignados en las casillas N.os 107, 110, 113 y 120 del PDT IGV Renta Mensual – Formulario Virtual N.° 621, en la casilla N.° 107 del Formulario Virtual N.° 621 Simplificado IGV – Renta Mensual, en la casilla N.° 107 del Formulario N.° 119 – Régimen General y, de ser el caso, en las casillas N.os 107 y 111 del Formulario N.° 118 – Régimen Especial de Renta.

Para efectuar la referida declaración utilizarán el “PDT Operaciones con Terceros†– Formulario Virtual N.° 3500 – versión 3.3.

Artículo 3°.- OMISOS A LA PRESENTACIÓN

Los sujetos que a la fecha de vigencia de la presente resolución, se encuentren omisos a la presentación de la Declaración correspondiente a ejercicios anteriores al 2009, deberán regularizar dicha presentación utilizando el “PDT Operaciones con Terceros†– Formulario Virtual N.° 3500 – versión 3.3, no siendo necesaria mayor información que la solicitada por dicho PDT; la que se efectuará según lo señalado en el artículo 10° del Reglamento.

Lo señalado en el párrafo anterior también será de aplicación a las Declaraciones rectificatorias que correspondan a los ejercicios indicados.

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL

Única.- VIGENCIA

 La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Alan Emilio Matos Barzola

Nuevamente lo dijimos primero en PERUCONTABLE