DUDA:
Buenos dias a todos quisiero que me absuelvan de unas interrogantes:
- Yo estoy en el RUS con una tienda de abarrotes, el dia 16-03 me inscribi como una MYPE por internet, habia una opcion que me preguntaba “REGIMEN ESPECIAL LABORAL; REGIMEN GENERAL LABORAL” yo escogi REGIMEN GENERAL LABORAL.
- Tambien me inscribi como trabajador.
- Ayer 17-03-09 declare mi PDT 601 y mi pago RUS,
en el PDT 601 solo declare a mi trabajador con ESSALUD, al siguiente periodo recien declarare el 601 con mi trabajador y conmigo mas y aportaremos a ONP y AFP respectivamente.
-El contrato con mi trabajador es verbal a plazo indeterminado.
Quisiera saber si estoy haciendo bien, tengo dudas en lo de REGIMEN LABORAL ESPECIAL Y GENERAL y si el seguro regular de ESSALUD cubrira para nuestros derecho habientes.
RESPUESTA:
Desde el pto de vista legal LE Y Nº 28015, ley de promocion y formalizacion de la micro y pequeña empresa publicado el 03-07-03
REQUISITO:
Las mypes deben reunir las sgtes caracteristicas:
Microempresa : de 1 a 10 trabajadores inclusive y ventas hasta el monto maximo de 150 UIT = 525000
El nuevo RUS esta regulado por el DECRETO LEGISLATIVO Nº 937 modificado por el DECRETO LEGISLATIVO Nº 967 (24-12-06)
La nueva ley mype no a introducido cambio al NRUS.
La primera cuota mensual es de S/ 20.00, que representa solo el 0.4% de S/ 5000 ingresos brutos mensuales y la maxima es de S/ 600 que representa el 2% de S/ 30.000 INGRESOS BRUTOS MENSUALES.
Te comunico que al momento de registrarte ante el REMYPE debiste de hacerlo como el REGIMEN ESPECIAL LABORAL que seria como NRUS y no como REGIMEN GENERAL LABORAL, porque este tipo de regimen implica llevar contabilidad
completa.
El REGIMEN ESPECIAL LABORAL no implica llevar contabilidad, solo emite boleta de ventas y paga la cuota mensual de 20, como es tu caso negocio de abarrotes.
Kiero hacer una acotacion en el PDT 601 PLANILLA ELECTRONICA se marca la opcion para acogerse como microempresa y automaticamente quedaras inscrita como MICROEMPRESA pones la fecha como el indica el PDT 601.
adjunto el PDT 601 modelo de registro
Atte : Peru Contable.
Fuente: Foros Contable
 Se recomienda que busques en tu carrera o facultad la Resolución, Directiva de Grados y Titulos, en ella te especificará paso a paso lo que tienes que hacer para poder desarrollar tu tesis y obtener tu titulo, esto lo digo por que varÃa según carrera.
- especificaciones como el orden del perfil de investigacio – proyecto de investigación, como presentarlo y a quien presentarlo.
- especificaciones de tus posibles asesores, jurados y directores de investigación.
- especificaciones tambien sobre lo que puedes investigar y el alcance del mismo.
Todo esto es variable según tu carrera y especialidad!,.. y referente sobre al tema de investigación, insertate mas en tu sociedad, verás que hay mucho que mejorar, precisamente ahi radica el objetivo de una tesis!.
Les dejo el archivo Adjunto:
Ver Más :
Atte: Peru Contable.
Fuente: Foro Conatable.
DUDA:
Buenos dÃas, un gran servicio, olvide hacer el pago de junio y julio por concepto de alquiler, para hacer este pago utilizo la guÃa de arrendamientos, esos meses estuve súper atareada y recién hoy me di con que no pague esos meses, que puedo hacer para subsanar ese error o es que tengo que pagar una multa y de cuanto seria yo alquilo un local x 600 soles y pago 30 soles x la renta ….
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RESPUESTA:
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La multa es el 15% de la UIT con una rebaja del 90% si se subsana la infracción voluntariamente. Articulo 178 numeral 5 de la tabla II del código tributario y artÃculo 179 del Código Tributario.
Primero declara:
Por el mes de junio con GUIA DE ARRENDAMIENTO
Luego deberas pagar la multa por el mes de JUNIO S/ 54 +intereses hasta la fecha de pago.
Respecto al mes de julio aun no culmina el periodo. por lo tanto no hay multa por el mes de julio.
OJO: Las multa se pagan con la GUIA DE PAGOS VARIOS.
Saludos !!!
Atte: Peru Conble
Fuente : Foro Contable