Buena tardes colegas, quisiera que ver la posibilidad que me absuelvan las siguientes interrogantes:
a).- Una sociedad anonima cerrrada sin directorio y con aporte de capital en bienes tiene la obligación de tener libro de actas?.
b).- Cuanto se debe de pagar por una vigencia de poder en registros publicos?
c).- Si en caso a una Sociedad Anonima se le perdiera el libro de actas tiene la obligación de rehacerla en 60 dias como los libros contables?.
Gracias de antemano.
Saludos
Eduardo
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