¿Es procedente hacer el mantenimiento de un proyecto de infraestructura, a pesar de que éste no haya sido liquidado?

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proyecto infraestructura

Respuesta

No es procedente, dado que, mientras no se liquide una obra, ésta no es considerada obra pública.

Explicación

Para el inicio de las actividades de mantenimiento se necesita que el proyecto esté completamente culminado y liquidado. Los aspectos técnicos a tomar en cuenta están en el registro en Banco de Proyectos mediante la Ficha de Registro del Informe de Cierre de Proyecto (Formato SNIP 14). El informe de cierre se realiza una vez que el PIP ha sido ejecutado totalmente, además de haber sido liquidado y transferido a la entidad encargada de su mantenimiento.

La Fase de Inversión culmina luego de que el PIP ha sido totalmente ejecutado, liquidado y, de corresponder, transferido a la entidad responsable de su operación y mantenimiento. Habiendo cumplido con lo anteriormente indicado, la UE debe elaborar el Informe de Cierre del PIP y remitir dicho informe al órgano que declaró la viabilidad.Recibido el Informe de Cierre del PIP, el órgano que declaró la viabilidad lo registra en el Banco de Proyectos, en la Ficha de Registro del Informe de Cierre (Formato SNIP-14). Posteriormente a la liquidación se procederá a la entrega de la obra a la Entidad respectiva o Unidad Orgánica especializada la cual se encargará de su operación y mantenimiento, asegurando el adecuado funcionamiento de las instalaciones. El responsable de la UE deberá priorizar la asignación de los recursos para realizar un mantenimiento adecuado. El Órgano Resolutivo correspondiente deberá velar por que el PIP cuente con un mantenimiento adecuado de acuerdo a los estándares y parámetros especificados.

Base legal

Numeral 23.3 y 23.4 del articulo 23, y los numerales 30,2 y 30.3 del artículo 30 de  la Directiva General del SNIP.

Fecha: 22-ago-13 (Tenga en cuenta esta fecha para verificar la vigencia de la base legal de la información presentada a continuación)

Fuente: Municipio al dia

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