Archivo para el mes de Enero, 2009

Uno de los post mas recurrente y importante dentro de laboral es sobre subsidio de lactancia que acontinuación detallamos.

¿Qué es?

Es el monto en dinero que se otorga a la madre o en caso de fallecimiento de ella al padre o tutor, con el objeto de contribuir al cuidado del recién nacido, hijo de afiliado regular.

Si el niño estuviera en estado de abandono, la persona o entidad que lo tuviera a su cargo puede realizar el trámite del subsidio a partir de su nombramiento como tutor. En caso de parto múltiple, el subsidio se otorgará por cada recién nacido.

Su monto es de S/. 820.00 nuevos soles.

 Importante

Para tener derecho, el lactante debe haber nacido vivo lo que se acredita con la partida de nacimiento y debe estar inscrito en EsSalud como derechohabiente del asegurado.

Si la madre no es titular deberá estar inscrita en EsSalud.

Prescripción (plazo de presentación)

Los asegurados regulares, pueden presentar las solicitudes hasta el plazo máximo de 6 meses más 90 días contados desde la fecha de nacimiento del niño.

Requisitos: 

N°
Requisitos
Regulares
y Agrarios (*)
1
Solicitud de Pago Directo
de Prestaciones Económicas, formulario 8002, entregada por
EsSalud debidamente llenada y firmada por el asegurado. En caso
de pensionistas, no se requiere la firma de la entidad empleadora.
En caso de trabajadores regulares, construcción civil, trabajadores
del hogar y agrarios dependientes la solicitud debe contar con la
firma y sello de la entidad empleadora y el asegurado.
x
2
El asegurado, al presentar
la solicitud de pago de la prestación económica, mostrará
su documento de identidad. En caso sea un tercero, presentará
copia simple del documento de identidad del asegurado mostrará
su documento de identidad.
x
3
En caso de fallecimiento
de la madre, la prestación la puede solicitar el padre o
tutor presentando la partida de defunción, el tutor presentará
copia simple del documento que acredite la tutela del lactante (mostrar
original). En caso de abandono del menor, se presentará el
documento que acredite la tutela del lactante.
x
4
En caso que la madre menor
de edad sea soltera y sin título oficial que la autorice
a ejercer una profesión u oficio, la prestación se
pagará al padre o tutor. Este deberá presentar copia
simple y mostrar el original del documento que lo acredite como
tal.
x
5
En caso de pensionistas
D.L. N° 19990, D.L. N° 18846 y D.L. N° 20530, AFP y
Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo presentar copia simple
del último talón de pago y mostrar original.
x

 (*) Agrario independiente, Agrario Dependiente, Trabajador de Construcción Civil, Trabajadora del Hogar, Pescador y Procesador Pesquero Artesanal Independiente y Pensionista.
Fuente: http://www.essalud.gob.pe/

Así también podemos ver en los siguientes post sobre el tema donde el Miembro Mesjas nos ayuda mucho a despejar estas dudas, gracias por ello un gran coloaborador en la comunidad.

Ver post 1
Ver post 2
Ver post 3
ver post 4
Ver post 5
Ver post 6
Ver post 7
Ver post 8

Interesante los post podemos ver todo los casos y podemos seguir los debates de los presente post y así como también leer y aprender de los casos que puede suceder así como también como registrar en el PDT 601.

Si te sirvio y le parecio interesante te esperamos en www.perucontable.com solo con registrarse podemos participar de esta gran comunidad que cada día va creciendo.

Si ya eres miembro de la comunidad te esperamos y puedes participar y aprender de estos importantes debates.

Saludos cordiales.

atte,

Estamos en nuevo año, que representa nuevos retos, proyectos ideas; en el caso de PeruContable no queda ausente a estos nuevos retos, por todo ello viene importantes cambios que requiere la participación de todos, somos una comunidad de contadores unidos y siempre es el compromiso nuestro portal será libre para todos, donde participaremos libremente de aportar a una comunidad que crece cada día más y debemos llegar a esa profesionalismos que tanto se lo merece.

Por diferentes motivos el tiempo no fue apremiado el 2008 y ahora si ya con el tiempo de darle a esta comunidad por ello también nace este blog oficial donde iremos posteando todo el acontecer de la comunidad y los mejores post y así mismo guías, tutoriales, para así ordenándonos ser un índice del portal.

Así mismo les espero siempre hora y media todo los días la hora tentativa es 5 a 6.30 pm, estaremos confirmando en el transcurso de estos días donde ese tiempo cordinaremos todo a detalle para la mejora de la comunidad; claro disponible para ustedes las 24 horas del día vía msn messenger perucontable@hotmail.com

Entre los importantes novedades debo mencionar:

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  • Blog Tributario
  • Blog Laboral
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  • Blog Excel Contable
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- Secciones especiales de temáticos donde abarcaremos temas como:

  • Maestrías
  • Tesis
  • Software Contable
  • Excel Contable
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Y mucho más que iremos anunciado por este medio, será el medio oficial de perucontable de comunicación (el blog de perucontable) www.perucontable.com/blog

Todo ello haremos formando equipo por eso estaremos llamando a todos para formar parte del equipo de PeruContable claro muchos beneficios para los participante de un gran equipo.

Estaremos comunicando y esperamos su participación activa dentro de la comunidad.

Saludos cordiales.

atte,

Miguel Patricio Espinoza